Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.
Ministerio de Defensa · 11 de junio de 2024
En pocas palabras
Modifica la organización básica del Ejército de Tierra. Cambia la Jefatura de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y Asistencia Técnica por la Jefatura del Ciberespacio y de los Servicios de Asistencia Técnica. También convierte la Jefatura de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico en Dirección de Ingeniería y actualiza denominaciones de unidades.
Qué cambia
Reorganiza unidades del Ejército de Tierra para dar más peso al ciberespacio y a la ingeniería. No supone aumento de gasto público ni de personal.
- A quién afecta
- Ejército de Tierra · Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra · unidades de sistemas de información y telecomunicaciones · unidades de ingeniería
- Defensa
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra, fue aprobada para adaptar la estructura del Ejército de Tierra (ET) en línea con lo establecido por el Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, y siguiendo las directrices emanadas de la Orden Ministerial 26/2020, de 11 de junio, por la que se establecen los principios básicos comunes de la organización de las Fuerzas Armadas.
Actualmente, el ET está en pleno proceso de transformación hacia el Ejército 2035, en el que se presentan una serie de retos, como la transformación digital, el crecimiento tecnológico o la irrupción de tecnologías disruptivas. Todo ello genera nuevas y mayores responsabilidades en el ámbito logístico y, particularmente, en materia de ingeniería. Por lo tanto, es preciso adoptar estructuras flexibles, orientadas a procesos, de forma que permitan dar una respuesta ágil y eficaz a las necesidades planteadas, con un fuerte apoyo de ingeniería.
Por lo anteriormente expuesto, se ha incluido en la presente orden ministerial la modificación de la Jefatura de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y Asistencia Técnica para convertirla en la Jefatura del Ciberespacio y de los Servicios de Asistencia Técnica del ET, una denominación que engloba de manera más precisa sus cometidos actuales así como su previsible evolución, en línea con el concepto de empleo de las Fuerzas Armadas, que destaca la importancia del ciberespacio como un nuevo ámbito de las operaciones militares. En este sentido, el Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, establece en su preámbulo que la organización de las Fuerzas Armadas debe responder al ritmo acelerado de la evolución de sus formas de actuación. Por tanto, con este cambio el ET se adapta a las nuevas tecnologías, en línea con lo establecido por los conceptos doctrinales y las tendencias a nivel conjunto y de las principales Organizaciones Internacionales de Seguridad y Defensa.
Asimismo, tras la aprobación de la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, se han producido determinados cambios organizativos, competenciales y de denominación de unidades que es preciso incluir en la citada norma, a fin de que dichas denominaciones sean acordes a dichos cambios.
Por otra parte, es necesario realizar un cambio organizativo en el Mando de Apoyo Logístico del ET, transformando su Jefatura de Ingeniería, encuadrada en la Jefatura del citado mando, en Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico. De este modo, se potenciarán las capacidades de apoyo en el ámbito de la ingeniería para hacer frente a las nuevas necesidades del ET.
Esta norma, de carácter eminentemente organizativo, se adecua a los principios de buena regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.