Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2714-2024, en relación con el artículo 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, por posible vulneración de los artículos 14 y 23 de la Constitución Española.
Tribunal Constitucional · 8 de junio de 2024
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 23 de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, por posible vulneración de los artículos 14 y 23 de la Constitución. El Pleno se reserva el conocimiento del asunto.
Qué cambia
Las partes del procedimiento ordinario 682-2022 pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en los quince días siguientes a la publicación del edicto en el BOE.
- A quién afecta
- partes del procedimiento ordinario n.º 682-2022 · Tribunal Superior de Justicia de Madrid
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de junio de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2714-2024 planteada por la Sección 7.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el procedimiento ordinario n.º 682-2022, en relación con el artículo 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, por posible vulneración de los artículos 14 y 23 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario n.º 682-2022 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de junio de 2024.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.