Orden EFD/525/2024, de 29 de mayo, por la que se actualiza el Anexo V de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y referido a los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados ubicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes · 4 de junio de 2024
En pocas palabras
Actualiza los módulos económicos que financian los centros concertados de Ceuta y Melilla. Incluye el aumento de la cuota del Mecanismo de Equidad Intergeneracional que paga el empleador y las subidas salariales del personal docente. Las nuevas cuantías tienen efectos desde el 1 de enero de 2023.
Qué cambia
Cambian los importes que reciben los centros concertados de Ceuta y Melilla para pagar al profesorado. El personal docente de estos centros ve reflejadas subidas salariales y el empleador asume una cuota mayor de Seguridad Social.
- A quién afecta
- personal docente de centros concertados de Ceuta y Melilla · centros educativos concertados de Ceuta y Melilla · Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
- Cifras
- cuota patronal de la Seguridad Social (MEI): incremento del 0,5 % para 2023
- incremento sobre el total del módulo del concierto: 0,381 %
- subida salarial aprobada el 3 de octubre de 2023: 0,5 %
- subida salarial aprobada el 6 de febrero de 2024: 0,5 %
- efectos de las nuevas cuantías: desde el 1 de enero de 2023
- Educación y universidades
- Pensiones y Seguridad Social
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, prevé que las Administraciones públicas con competencias plenas en materia educativa recalcularán las cuantías que figuran en el artículo 13 y en los anexos IV y V de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
El anexo V se refiere a los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados ubicados en las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Por tanto, con la actualización de este anexo se persigue aplicar los incrementos retributivos correspondientes al personal docente de los centros concertados, a fin de equipararlos con el profesorado público.
Así, con la aplicación del citado Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con la autorización previa del Ministerio de Hacienda, procede en el ámbito de sus competencias educativas, a llevar a cabo el necesario recalculo que afecta a los importes correspondientes de la cuota del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que asume el empleador, así como a las retribuciones salariales de los empleados de la enseñanza concertada.
En primer lugar, respecto al incremento del MEI, se aplicará lo previsto en el artículo 127 bis y la disposición transitoria cuadragésima tercera del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. En virtud de dicho precepto, se incrementa en un 0,5 % para el año 2023 la cuota patronal de la Seguridad Social, lo que representa un 0,381 % de incremento sobre el total del módulo del concierto.
En segundo lugar, en cuanto a los incrementos salariales, conforme al apartado dos.2.a) del artículo 19 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, se aborda una subida del 0,5 por ciento, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, de 3 de octubre de 2023.
Mientras que en base al apartado dos.2.b) del citado artículo, se acuerda un incremento del 0,5 por ciento, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 6 de febrero de 2024.
De resultas, se procede a reflejar estas subidas en las retribuciones del personal de la enseñanza concertada en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Conviene subrayar que la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, concreta los efectos temporales del mandato del legislador, al disponer que las nuevas cuantías así calculadas tendrán efectos desde el 1 de enero de 2023.