Sentencia de 2 de abril de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
Tribunal Supremo · 25 de mayo de 2024
En pocas palabras
El Tribunal Supremo estima en parte el recurso de la Asociación Española de Juego Digital contra el Real Decreto 958/2020, que regula la publicidad de las actividades de juego. Anula varios artículos y apartados concretos de esa norma y rechaza el resto de las pretensiones.
Qué cambia
Dejan de aplicarse los artículos y apartados anulados del real decreto sobre comunicaciones comerciales de juego. Las demás reglas de publicidad de apuestas y juegos de azar siguen vigentes.
- A quién afecta
- operadores de juego y apuestas · Asociación Española de Juego Digital · medios de comunicación que emiten publicidad de juego · personas que reciben publicidad de actividades de juego
- Cifras
- recurso contencioso-administrativo número 1/3/2021
- sentencia de 2 de abril de 2024
- Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre
- Economía, empresas y consumo
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el recurso contencioso-administrativo número 1/3/2021, interpuesto por la Asociación Española de Juego Digital, representada por el procurador de los tribunales don Ramón Rodríguez Nogueira, bajo la dirección letrada de don José María Macías Castaño y don Alejandro Auset Domper, contra el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 2 de abril de 2024, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Que debemos Estimar en parte el recurso interpuesto por la Asociación Española de Juego Digital interpone recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, se anulan los artículos 13 apartados 1 y 3; art. 15; art. 23 apartado 1; art. 25.3; art. 26 apartados 2 y 3 desestimándose el recurso en todo lo demás, sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–María Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.