Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de abril de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital · 6 de abril de 2023
Texto
La Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2023 y el mes de enero de 2024 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2022. Dicho calendario se publicó por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2023 y el mes de enero de 2024.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 13 de abril y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2033, Obligaciones del Estado a quince años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2033 y Obligaciones del Estado al 1,00 por 100, vencimiento 30 de julio de 2042 con una vida residual en torno a diecinueve años y tres meses, referencia emitida dentro del programa bonos verdes soberanos del Reino de España.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ETD/37/2023,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de abril de 2023 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, en la Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 5 de enero de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, en las Órdenes ETD/61/2023 y ETD/66/2023, de 25 y 26 de enero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2033 y en las Órdenes ETD/937/2021 y ETD/939/2021, de 7 y 8 de septiembre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,00 por 100, vencimiento 30 de julio de 2042. En las Obligaciones del Estado a quince años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2033, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECE/930/2018 y ECE/940/2018, de 11 y 12 de septiembre, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2023 en las Obligaciones al 1,00 por 100 y el 30 de noviembre de 2023 en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100, indexadas a la inflación. En las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100, el primer cupón a pagar será el 30 de abril de 2023, por un importe de 0,759452 por 100, según se estable en la Orden ETD/66/2023, de 26 de enero y en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2023, por un importe de 1,027945 por 100, según se establece en la Resolución de 5 de enero de 2023.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100 y en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 13 de abril de 2023, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,70 por 100 en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el 0,66 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100, el 0,27 por 100 en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100 indexadas a la inflación y el 0,72 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g) de la Orden ECE/930/2018, es el 1,18123.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 18 de abril de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero.
Madrid, 5 de abril de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, Álvaro López Barceló.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años al 2,80 %, vto. 31 de mayo de 2026
Subasta del día 13 de abril
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,50 | 3,311 98,55 | 3,294 98,60 | 3,277 98,65 | 3,260 98,70 | 3,242 98,75 | 3,225 98,80 | 3,208 98,85 | 3,191 98,90 | 3,173 98,95 | 3,156 99,00 | 3,139 99,05 | 3,122 99,10 | 3,105 99,15 | 3,087 99,20 | 3,070 99,25 | 3,053 99,30 | 3,036 99,35 | 3,019 99,40 | 3,002 99,45 | 2,985 99,50 | 2,968 99,55 | 2,951 99,60 | 2,934 99,65 | 2,917 99,70 | 2,899 99,75 | 2,882 99,80 | 2,865 99,85 | 2,848 99,90 | 2,831 99,95 | 2,814 100,00 | 2,798 100,05 | 2,781 100,10 | 2,764 100,15 | 2,747 100,20 | 2,730 100,25 | 2,713 100,30 | 2,696 100,35 | 2,679 100,40 | 2,662 100,45 | 2,645 100,50 | 2,628 100,55 | 2,612 100,60 | 2,595 100,65 | 2,578 100,70 | 2,561 100,75 | 2,544 100,80 | 2,528 100,85 | 2,511 100,90 | 2,494 100,95 | 2,477 101,00 | 2,461 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 %, vto. 30 de abril de 2033
Subasta del día 13 de abril
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 97,50 | 3,447 97,55 | 3,441 97,60 | 3,435 97,65 | 3,429 97,70 | 3,423 97,75 | 3,417 97,80 | 3,411 97,85 | 3,405 97,90 | 3,399 97,95 | 3,392 98,00 | 3,386 98,05 | 3,380 98,10 | 3,374 98,15 | 3,368 98,20 | 3,362 98,25 | 3,356 98,30 | 3,350 98,35 | 3,344 98,40 | 3,338 98,45 | 3,332 98,50 | 3,326 98,55 | 3,320 98,60 | 3,314 98,65 | 3,308 98,70 | 3,302 98,75 | 3,296 98,80 | 3,290 98,85 | 3,284 98,90 | 3,278 98,95 | 3,273 99,00 | 3,267 99,05 | 3,261 99,10 | 3,255 99,15 | 3,249 99,20 | 3,243 99,25 | 3,237 99,30 | 3,231 99,35 | 3,225 99,40 | 3,219 99,45 | 3,213 99,50 | 3,207 99,55 | 3,201 99,60 | 3,195 99,65 | 3,189 99,70 | 3,183 99,75 | 3,178 99,80 | 3,172 99,85 | 3,166 99,90 | 3,160 99,95 | 3,154 100,00 | 3,148 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precio y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 15 años €i al 0,70 %, vto. 30 de noviembre de 2033
Subasta del día 13 de abril
Precio ex-cupón ex-inflación | Rendimiento bruto* – Porcentaje 96,25 | 1,075 96,30 | 1,070 96,35 | 1,065 96,40 | 1,060 96,45 | 1,055 96,50 | 1,050 96,55 | 1,044 96,60 | 1,039 96,65 | 1,034 96,70 | 1,029 96,75 | 1,024 96,80 | 1,019 96,85 | 1,014 96,90 | 1,009 96,95 | 1,004 97,00 | 0,999 97,05 | 0,994 97,10 | 0,989 97,15 | 0,984 97,20 | 0,978 97,25 | 0,973 97,30 | 0,968 97,35 | 0,963 97,40 | 0,958 97,45 | 0,953 97,50 | 0,948 97,55 | 0,943 97,60 | 0,938 97,65 | 0,933 97,70 | 0,928 97,75 | 0,923 97,80 | 0,918 97,85 | 0,913 97,90 | 0,908 97,95 | 0,903 98,00 | 0,898 98,05 | 0,893 98,10 | 0,888 98,15 | 0,883 98,20 | 0,878 98,25 | 0,873 98,30 | 0,868 98,35 | 0,863 98,40 | 0,858 98,45 | 0,853 98,50 | 0,848 98,55 | 0,843 98,60 | 0,838 98,65 | 0,833 98,70 | 0,828 98,75 | 0,823 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 1,00 %, vto. 30 de julio de 2042
Subasta del día 13 de abril
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 62,25 | 3,796 62,30 | 3,791 62,35 | 3,786 62,40 | 3,781 62,45 | 3,776 62,50 | 3,771 62,55 | 3,766 62,60 | 3,762 62,65 | 3,757 62,70 | 3,752 62,75 | 3,747 62,80 | 3,742 62,85 | 3,737 62,90 | 3,733 62,95 | 3,728 63,00 | 3,723 63,05 | 3,718 63,10 | 3,713 63,15 | 3,708 63,20 | 3,704 63,25 | 3,699 63,30 | 3,694 63,35 | 3,689 63,40 | 3,684 63,45 | 3,680 63,50 | 3,675 63,55 | 3,670 63,60 | 3,665 63,65 | 3,661 63,70 | 3,656 63,75 | 3,651 63,80 | 3,646 63,85 | 3,642 63,90 | 3,637 63,95 | 3,632 64,00 | 3,627 64,05 | 3,623 64,10 | 3,618 64,15 | 3,613 64,20 | 3,608 64,25 | 3,604 64,30 | 3,599 64,35 | 3,594 64,40 | 3,590 64,45 | 3,585 64,50 | 3,580 64,55 | 3,576 64,60 | 3,571 64,65 | 3,566 64,70 | 3,561 64,75 | 3,557 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.