Corrección de erratas de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023.
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · 6 de abril de 2023
Texto
Advertidas erratas en la inserción de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 77, de fecha 31 de marzo de 2023, páginas 46676 a 46684, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 46678, la tabla que aparece en el apartado «Dos» del Artículo único, que contiene errores, debe ser sustituida por las siguientes:
Grupo de cotización | Categorías profesionales | Bases mínimas – Euros/mes | Bases máximas – Euros/mes 1 | Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores. | 1.759,50 | 4.495,50 2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados. | 1.459,20 | 4.495,50 3 | Jefes Administrativos y de Taller. | 1.269,30 | 4.495,50 4 | Ayudantes no Titulados. | 1.260,00 | 4.495,50 5 | Oficiales Administrativos. | 1.260,00 | 4.495,50 6 | Subalternos. | 1.260,00 | 4.495,50 7 | Auxiliares Administrativos. | 1.260,00 | 4.495,50
Grupo de cotización | Categorías profesionales | Bases mínimas – Euros/día | Bases máximas – Euros/día 8 | Oficiales de primera y segunda. | 42,00 | 149,85 9 | Oficiales de tercera y Especialistas. | 42,00 | 149,85 10 | Peones. | 42,00 | 149,85 11 | Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional. | 42,00 | 149,85