Real Decreto 277/2023, de 4 de abril, por el que se indulta a don Miguel Ángel Silva Fernández.
Ministerio de Justicia · 5 de abril de 2023
En pocas palabras
Indulta a Miguel Ángel Silva Fernández la pena de privación de libertad que le quedaba por cumplir por no pagar la multa impuesta por un delito contra la seguridad vial. La medida se concede con la condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde su publicación.
Qué cambia
La persona indultada no tendrá que cumplir la privación de libertad derivada del impago de la multa. Si comete un delito doloso en el año siguiente a la publicación, el indulto puede quedar sin efecto.
- A quién afecta
- Miguel Ángel Silva Fernández · personas condenadas por delitos contra la seguridad vial
- Cifras
- multa: 12 meses
- cuota diaria de la multa: 6 euros
- responsabilidad personal subsidiaria: 1 día de privación de libertad por cada 2 cuotas diarias no satisfechas
- plazo de condición del indulto: 1 año desde la publicación
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Silva Fernández, condenado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Mieres, en sentencia de 12 de febrero de 2019, como autor de un delito contra la seguridad vial, a la pena de multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, por hechos cometidos en el año 2019, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de abril de 2023,
Vengo en indultar a don Miguel Ángel Silva Fernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento como consecuencia del impago de la multa, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 4 de abril de 2023.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
MARÍA PILAR LLOP CUENCA