Decreto 52/2023, de 3 de abril, del Consell, de convocatoria de elecciones a entidades locales menores de la Comunitat Valenciana.
Comunitat Valenciana · 4 de abril de 2023
En pocas palabras
Convoca elecciones a las juntas vecinales de siete entidades locales menores de la Comunitat Valenciana para el 28 de mayo de 2023. Fija el número de miembros de cada junta según su población y la campaña electoral, de quince días, del 12 al 26 de mayo de 2023.
Qué cambia
Los vecinos de estas siete entidades locales menores podrán votar a sus juntas vecinales el 28 de mayo de 2023, el mismo día que las elecciones municipales.
- A quién afecta
- vecinos de entidades locales menores de la Comunitat Valenciana · candidatos a vocales de juntas vecinales · juntas vecinales de las entidades locales menores
- Cifras
- fecha de las elecciones: 28 de mayo de 2023
- campaña electoral: 15 días, del 12 al 26 de mayo de 2023
- Llosa de Camacho (Alcalalí): 206 habitantes y 3 miembros de la junta vecinal
- La Xara (Dénia): 1.841 habitantes y 7 miembros de la junta vecinal
- El Perelló (Sueca): 1.912 habitantes y 7 miembros de la junta vecinal
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El artículo 199.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, habilita a las comunidades autónomas para establecer el régimen electoral de los órganos de las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio, a través de las leyes autonómicas que las instituyan o reconozcan. La Comunitat Valenciana ha hecho uso de esta posibilidad en la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana.
La Ley 8/2010 regula, en el capítulo III del título IV, la organización y funcionamiento de los órganos de gobierno de las entidades locales menores de la Comunitat Valenciana. El artículo 65.2 establece la fórmula de determinación del número de miembros de la junta vecinal en función de su población, tomando como referencia las cifras oficiales de población en la fecha de esta convocatoria, fijadas por el Real decreto 1037/2022, de 20 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2022.
De acuerdo con el artículo 66.1 de la Ley 8/2010, la elección de los vocales de la junta vecinal se hará de conformidad con los resultados de las elecciones que, en paralelo con las realizadas para el ayuntamiento, se celebren en la sección o secciones constitutivas de la entidad local menor. Así mismo, el apartado 8 del artículo 66 prevé que la convocatoria de las elecciones a los órganos de gobierno de las entidades locales menores de la Comunitat Valenciana se aprobará por un decreto del Consell, y la tramitación del decreto de convocatoria corresponderá a la Conselleria competente en materia de procesos electorales.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.3 y 199 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y con los artículos 65 y siguientes de la Ley 8/2010, procede la convocatoria de elecciones a las entidades locales menores de la Comunitat Valenciana que, con tal carácter, constan inscritas en el Registro de entidades locales de la Comunitat Valenciana, para su realización el día 28 de mayo de 2023.
El Decreto 5/2019, de 16 de junio, del President de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las Consellerias, y sus atribuciones, atribuye a la Presidencia de la Generalitat competencias en materia de administración local, y a la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, competencias en materia de consultas populares y electorales.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28, apartado c), de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del President de la Generalitat y de la Consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, previa deliberación del Consell, en la reunión de 3 de abril de 2023, decreto: