Real Decreto 239/2023, de 28 de marzo, por el que se indulta a don Antonio Daniel Mira Peña.
Ministerio de Justicia · 29 de marzo de 2023
En pocas palabras
Indulta a Antonio Daniel Mira Peña la pena de prisión que le quedaba por cumplir. La condena era de tres años de prisión y multa de 1000 euros por tráfico de drogas. El indulto se concede con la condición de no cometer delito doloso en tres años.
Qué cambia
La persona indultada no tendrá que cumplir la parte de prisión que le quedaba. Si comete un delito doloso en los tres años siguientes a la publicación, el indulto puede quedar sin efecto.
- A quién afecta
- Antonio Daniel Mira Peña · personas condenadas por delitos de tráfico de drogas
- Cifras
- pena de prisión: 3 años
- multa: 1000 euros
- plazo de condición del indulto: 3 años desde la publicación
- hechos cometidos en el año 2020
- sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga de 21 de septiembre de 2021
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de don Antonio Daniel Mira Peña, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Novena, en Sentencia de 21 de septiembre de 2021, como autor de un delito de tráfico de sustancias estupefacientes, a la pena de tres años de prisión con inhabilitación del derecho de sufragio pasivo necesario durante el tiempo de la condena, y multa de 1000 euros, por hechos cometidos en el año 2020, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de marzo de 2023,
Vengo en indultar a don Antonio Daniel Mira Peña la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 28 de marzo de 2023.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
MARÍA PILAR LLOP CUENCA