Orden HFP/272/2023, de 21 de marzo, por la que se establecen los criterios de distribución a las entidades locales de la compensación prevista en la disposición adicional octogésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Ministerio de Hacienda y Función Pública · 23 de marzo de 2023
En pocas palabras
Fija cómo se reparten 3 millones de euros entre municipios de Cádiz y Sevilla afectados por la presencia de bases militares de Estados Unidos. Una parte va a Rota y Arahal, donde están las bases, y otra a municipios cercanos, en proporción a su población.
Qué cambia
Los municipios incluidos reciben un pago único antes del 31 de diciembre de 2023. El reparto depende de si albergan la base o son limítrofes y de su número de habitantes.
- A quién afecta
- municipio de Rota · municipio de Arahal · municipios limítrofes de más de 50.000 habitantes · municipios limítrofes de menos de 50.000 habitantes · vecinos de estos municipios
- Cifras
- compensación total: 3.000.000 de euros
- municipios con base militar: 1.700.000 euros
- municipios limítrofes de más de 50.000 habitantes: 775.000 euros
- municipios limítrofes de menos de 50.000 habitantes: 525.000 euros
- pago único antes del 31 de diciembre de 2023
- Impuestos y cuentas públicas
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El vigente Convenio de Cooperación para la Defensa, suscrito con fecha 1 de diciembre de 1988, entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, así como los Protocolos de Enmienda al mismo, concretan el ámbito de dicha cooperación en la existencia de las bases militares ubicadas en los municipios de Rota (Cádiz) y Arahal (Sevilla).
Ambos municipios vienen percibiendo de la Administración General del Estado compensaciones por las exenciones que soportan en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (en adelante IVTM) reconocidas en dicho convenio. Dicha compensación también está prevista para el presente ejercicio en el artículo 113. uno de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
No obstante, las instalaciones y fuerzas militares desplegadas en dichas bases tienen un fuerte grado de afectación en los municipios en los que se ubican, lo que les supone un mayor coste de los servicios municipales que prestan, superior al de la compensación que perciben. Esta circunstancia también afecta, aunque en menor medida, a los municipios colindantes. Por tal motivo, la disposición adicional octogésima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, ha previsto para este ejercicio, además de la referida compensación en el IVTM, una compensación adicional para los municipios de Rota y Arahal, así como para los municipios limítrofes de los anteriores.
Para el establecimiento de los criterios de reparto se ha considerado esencial, guardando coherencia con lo aprobado en ejercicios anteriores, diferenciar entre los municipios en los que se encuentran ubicadas las bases militares, que están directamente afectados por las mismas, de aquellos otros municipios que, por ser colindantes con los anteriores, sufren una afectación menor. Dentro de estos últimos se han establecido dos subgrupos de municipios, con el objeto de compensar con una cantidad por habitante mayor a los de menor población, por tener menos capacidad para contrarrestar los efectos negativos de la presencia de esas instalaciones en territorios cercanos a su término municipal. La cantidad asignada a cada uno de los grupos establecidos se reparte proporcionalmente a su población.
De acuerdo con la citada disposición adicional, el importe total de esta compensación específica se cuantifica en tres millones de euros, que debe distribuirse entre los municipios afectados, con arreglo al criterio que se establezca mediante resolución del Secretario de Estado de Hacienda. Dada la transcendencia económica y social de dicha compensación, la Ministra de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de marzo de 2023, ha acordado la avocación para sí de la competencia para su aprobación.
En virtud de lo anterior, y en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional octogésima de la Ley 31/2022, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, dispongo: