Real Decreto 182/2023, de 14 de marzo, por el que se indulta a doña Claudia Geanta.
Ministerio de Justicia · 15 de marzo de 2023
En pocas palabras
Conmuta la pena de prisión impuesta a una persona condenada por un delito continuado de estafa, reduciéndola de tres años, seis meses y un día a un año y nueve meses. La medida se concede con la condición de no volver a cometer delito doloso en un plazo de cuatro años.
Qué cambia
La persona condenada cumplirá una pena de prisión más corta. Si comete un delito doloso en los cuatro años siguientes a la publicación, se le puede revocar este beneficio.
- A quién afecta
- persona condenada por delito continuado de estafa
- Cifras
- pena inicial: 3 años, 6 meses y 1 día de prisión
- pena tras la conmutación: 1 año y 9 meses de prisión
- multa: 9 meses con cuota diaria de 6 euros
- plazo de condición: 4 años desde la publicación
- hechos cometidos entre 2009 y 2011
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de doña Claudia Geanta, condenada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en sentencia de 7 de julio de 2021, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Cuarta, como autora de un delito continuado de estafa, a la pena de tres años, seis meses y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de nueve meses con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en los años 2009 a 2011, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de marzo de 2023,
Vengo en conmutar a doña Claudia Geanta la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año y nueve meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de marzo de 2023.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
MARÍA PILAR LLOP CUENCA