Ley 4/2022, de 22 de noviembre, por la que se aprueba una retribución de carácter extraordinario para los empleados del sector público autonómico de Galicia, en aplicación de lo previsto en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre.
Comunidad Autónoma de Galicia · 11 de marzo de 2023
En pocas palabras
Aprueba un aumento adicional del 1,5 % en las retribuciones del personal del sector público autonómico de Galicia para 2022. Se suma al 2 % ya previsto, con efectos desde el 1 de enero de 2022, y el incremento de los meses pasados se paga como atrasos.
Qué cambia
Los empleados del sector público autonómico de Galicia cobran un 1,5 % más en 2022, hasta un máximo del 3,5 % consolidable, y reciben los atrasos desde enero de 2022.
- A quién afecta
- empleados del sector público autonómico de Galicia · personal al servicio de la Xunta de Galicia
- Cifras
- incremento adicional: 1,5 %
- incremento máximo consolidable: 3,5 %
- incremento ya previsto en los presupuestos de 2022: 2 %
- efectos desde el 1 de enero de 2022
- Administración pública e instituciones
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, estableció en su artículo 11.dos que las retribuciones del personal al servicio del sector público autonómico definido en el artículo 11.uno no podrían experimentar un incremento en las retribuciones superior al 2 por ciento con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021.
La situación económica generada por la invasión de Ucrania por parte de Rusia y por la crisis energética derivada, motivó un aumento del coste de la vida por el impacto de la inflación, siendo necesario paliar sus efectos en el poder adquisitivo de las empleadas y de los empleados del sector público en este mismo ejercicio presupuestario.
En este escenario, la Administración general del Estado aprobó una subida adicional del 1,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector público para compensar los efectos de la inflación. Así, para el año 2022 el Real decreto ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como las medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía, en su artículo 23 aprobó, con efectos del 1 de enero del 2022, un incremento adicional del 1,5 por ciento respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2021.
La citada normativa tiene carácter básico, de modo que el incremento salarial de las empleadas y de los empleados del sector público autonómico será de un máximo del 3,5 por ciento con carácter consolidable, con efectos desde el 1 de enero de 2022, abonándose como atrasos el incremento correspondiente a los meses ya transcurridos de este año.
Por todo lo expuesto, el Parlamento de Galicia aprobó y yo, de conformidad con el artículo 13.2 del Estatuto de autonomía de Galicia y con el artículo 24 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, promulgo, en nombre del rey, la ley por la que se aprueba una retribución de carácter extraordinario para los empleados del sector público autonómico de Galicia, en aplicación de lo previsto en el Real decreto ley 18/2022, de 18 de octubre.
Artículo único. Retribución de carácter extraordinario para el personal del sector público autonómico.
Uno. Retribución de carácter extraordinario para el personal del sector público autonómico
1. Adicionalmente a lo dispuesto en los capítulos I y II del título II de la Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, las retribuciones del personal del sector público autonómico definido en el artículo 11.uno de la citada ley experimentarán un incremento adicional del 1,5 por ciento respeto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021.