Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1938-2021, en relación con los artículos 565.1 y 557.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Tribunal Constitucional · 15 de febrero de 2023
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre dos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, planteados por un juzgado en un proceso de ejecución. Las partes en ese proceso pueden personarse en el plazo de 15 días.
Qué cambia
La decisión afecta al procedimiento de ejecución judicial concreto y abre la posibilidad de que las partes se personen ante el Tribunal Constitucional; no cambia la ley de forma inmediata.
- A quién afecta
- partes en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales núm. 3154-2020 · Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona · Tribunal Constitucional
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de febrero de 2023, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1938-2021, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona, en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales núm. 3154-2020, en relación con los artículos 565.1 y 557.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales núm. 3154-2020, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de febrero de 2023.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.