Ley 14/2023, de 30 de noviembre, de modificación de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.
Comunidad Autónoma del País Vasco · 29 de diciembre de 2023
En pocas palabras
Modifica la Ley de Patrimonio Cultural Vasco para fijar los criterios por los que un bien inmueble puede tener protección básica y para permitir instalar energías renovables en bienes del patrimonio, sobre todo residenciales. También establece un plazo para que los catálogos municipales se adapten.
Qué cambia
Los ayuntamientos tendrán criterios más claros para catalogar bienes con protección básica y podrán autorizar obras básicas de habitabilidad. Los propietarios de inmuebles protegidos podrán incorporar energías renovables para mejorar la eficiencia energética.
- A quién afecta
- ayuntamientos del País Vasco · propietarios de bienes inmuebles protegidos · vecinos de inmuebles del patrimonio cultural · Eudel (asociación de municipios vascos) · Gobierno Vasco
- Cultura y deporte
- Energía
- Vivienda y urbanismo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 14/2023, de 30 de noviembre, de modificación de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. La Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco distinguió en su artículo 8 tres niveles de protección: la protección especial, la media y la básica. Esta última era determinada a través de los catálogos de planeamiento municipal aprobados por los ayuntamientos. Dicha disposición, sin embargo, no concretaba los criterios por los que un elemento de valor local podía alcanzar la categoría de protección básica. Numerosos ayuntamientos se han dirigido al Gobierno Vasco solicitando una definición más concreta para poder gestionar de forma ágil y compatible con el patrimonio cultural esa casuística urbanística. La experiencia de estos años, por tanto, ha conducido a proponer una modificación en el articulado, indicando los criterios para que un bien cultural inmueble sea incluido en el nivel de protección básica, es decir, ser merecedor de restauración científica o conservadora.
La ley tampoco determinaba un periodo de tiempo transitorio para que los catálogos municipales se adaptasen a la nueva situación y provocaba situaciones de indeterminación que no favorecían que los bienes englobados en dicha categoría pudiesen ser sujetos de las obras más básicas necesarias para asegurar su habitabilidad.
Existe, en ambos supuestos, un amplio consenso en el seno de Eudel sobre la conveniencia de dar una respuesta adecuada y urgente a esta cuestión que ataño tanto al urbanismo como al patrimonio cultural.
2. El cambio climático, el agotamiento de las fuentes de energía fósiles y sus efectos en la economía global, con incrementos de costes insostenibles en el tiempo, son cada día más visibles y patentes en todo el planeta. Cabe recordar que la propia ONU solicitó la declaración de la emergencia climática en todo el mundo hasta alcanzar un descenso radical de las emisiones de CO2. La transición energética y ecológica resulta imprescindible en este escenario, en el que deben sumarse estrategias de reducción de emisiones, que mitiguen el cambio climático ya en marcha, estrategias de adaptación para minimizar sus impactos y aumentar la resiliencia de los sistemas humanos y ecológicos así como facilitar iniciativas de desarrollo y, en especial, de implantación de energías renovables.
En este contexto, el cada vez mayor uso de fuentes de energía renovables como alternativa sostenible real hace necesaria la modificación de la Ley del Patrimonio Cultural Vasco con el objeto de incorporar estas fuentes en los bienes inmuebles del patrimonio, en especial en los de carácter residencial, para lograr la eficiencia energética en equilibrio con el respeto a los valores patrimoniales de estos bienes y evitar un efecto de rechazo hacia la utilización de dichos inmuebles por el mayor coste de acceso a la energía. Pero también hay que buscar soluciones integradoras que minimicen el impacto que puedan generar sobre esos bienes y sus entornos.