Ley Foral 19/2023, de 14 de noviembre, de concesión de un crédito extraordinario para el abono de las subvenciones a partidos y formaciones políticas para la financiación de los gastos de las elecciones al Parlamento Foral de Navarra celebradas el 28 de mayo de 2023 y para la modificación de la denominación de diversas partidas presupuestarias.
Comunidad Foral de Navarra · 9 de diciembre de 2023
En pocas palabras
Concede un crédito extraordinario de 1.594.526 euros para pagar las subvenciones a partidos y formaciones políticas por los gastos de las elecciones al Parlamento de Navarra del 28 de mayo de 2023. También cambia el nombre de varias partidas presupuestarias de los presupuestos de 2023.
Qué cambia
Permite abonar las subvenciones electorales a los partidos y formaciones que concurrieron a esas elecciones. El gasto se financia con mayores ingresos por intereses de cuentas corrientes.
- A quién afecta
- partidos políticos · federaciones y coaliciones electorales · agrupaciones de electores · Ayuntamiento de Ansoain · Ayuntamiento de Pitillas
- Cifras
- crédito extraordinario: 1.594.526 euros
- financiación con mayores ingresos por intereses: 1.594.526 euros
- Impuestos y cuentas públicas
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de concesión de un crédito extraordinario para el abono de las subvenciones a partidos y formaciones políticas para la financiación de los gastos de las elecciones al Parlamento Foral de Navarra celebradas el 28 de mayo de 2023 y para la modificación de la denominación de diversas partidas presupuestarias.
PREÁMBULO
La Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra, establece en el artículo 44 que la Comunidad Foral de Navarra concederá a los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, subvenciones para financiar los gastos electorales.
El artículo 48 de la misma norma dispone que el Gobierno de Navarra, dentro del mes siguiente a la remisión del informe de la Cámara de Comptos sobre regularidad de las contabilidades electorales, presentará al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario por el importe de las subvenciones a adjudicar, las cuales deberán hacerse efectivas dentro de los treinta días siguientes a la aprobación por el Parlamento de dicho proyecto.
La presente ley foral tiene por objeto cumplir el mandato establecido en la normativa electoral vigente, contribuyendo de este modo a la financiación de los gastos originados por las elecciones al Parlamento de Navarra celebradas el día 28 de mayo de 2023.
Asimismo, se añade una modificación de la denominación de diversas partidas presupuestarias de la Ley Foral 35/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2023, para la adecuación a su correcta ejecución.
Artículo 1. Concesión de crédito extraordinario.
Se concede un crédito extraordinario en la partida 010001-01000-4819-912100 «Subvenciones a partidos políticos» del Presupuesto de Gastos de 2023, por importe de 1.594.526 euros.
Artículo 2. Financiación del crédito extraordinario.
La financiación de este crédito extraordinario se realizará con cargo los mayores ingresos realizados en la partida 110003-11500-5200-000000 «Intereses de cuentas corrientes e imposiciones a plazo», por importe de 1.594.526 euros.
Artículo 3. Modificación de la denominación del título de partidas presupuestarias.
1. Donde dice: «920005 93100 7609 231B05 Convenio Ayto. de Ansoain. Reformas para Centro Diurno Comunitario», debe decir: «920005 93100 7609 231B05 Convenio Ayto. de Ansoain. Reformas y equipamiento para Centro Diurno Comunitario».