Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de noviembre de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital · 30 de octubre de 2023
Texto
La Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2023 y el mes de enero de 2024 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2022. Dicho calendario se publicó por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2023 y el mes de enero de 2024.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 2 de noviembre y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado a cinco años al 3,50 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2029, Obligaciones del Estado a treinta años al 1,90 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2052, Obligaciones del Estado al 0,70 por 100, vencimiento 30 de abril de 2032, con una vida residual en torno a ocho años y seis meses y Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2033, con una vida residual en torno a diez años y un mes.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ETD/37/2023,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de noviembre de 2023 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, en la Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a cinco años al 3,50 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2029, en la Órdenes ETD/3/2022 y ETD/6/2022, de 11 y 12 de enero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 0,70 por 100, vencimiento 30 de abril de 2032 y en las Órdenes ETD/84/2022 y ETD/88/2022, de 9 y 10 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a treinta años al 1,90 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2052. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2033, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECE/930/2018 y ECE/940/2018, de 11 y 12 de septiembre, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de noviembre de 2023 en las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, el 30 de abril de 2024 en las Obligaciones al 0,70 por 100 y el 31 de octubre de 2024 en las Obligaciones a treinta años al 1,90 por 100. En los Bonos a cinco años al 3,50 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2024, por un importe de 2,237705 por 100, según se establece en la Resolución de 29 de septiembre de 2023.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a cinco años al 3,50 por 100 y en las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 2 de noviembre de 2023, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,27 por 100 en los Bonos a cinco años al 3,50 por 100, el 0,37 por 100 en las Obligaciones al 0,70 por 100, el 0,66 por 100 en las Obligaciones al 0,70 por 100 indexadas a la inflación y el 0,04 por 100 en las Obligaciones a treinta años al 1,90 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g de la Orden ECE/930/2018, es el 1,21284.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 7 de noviembre de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero.
Madrid, 27 de octubre de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 5 de septiembre de 2022), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
ANEXO
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,50 | 3,806 98,55 | 3,796 98,60 | 3,785 98,65 | 3,775 98,70 | 3,765 98,75 | 3,755 98,80 | 3,745 98,85 | 3,734 98,90 | 3,724 98,95 | 3,714 99,00 | 3,704 99,05 | 3,694 99,10 | 3,683 99,15 | 3,673 99,20 | 3,663 99,25 | 3,653 99,30 | 3,643 99,35 | 3,633 99,40 | 3,623 99,45 | 3,612 99,50 | 3,602 99,55 | 3,592 99,60 | 3,582 99,65 | 3,572 99,70 | 3,562 99,75 | 3,552 99,80 | 3,542 99,85 | 3,532 99,90 | 3,522 99,95 | 3,511 100,00 | 3,501 100,05 | 3,491 100,10 | 3,481 100,15 | 3,471 100,20 | 3,461 100,25 | 3,451 100,30 | 3,441 100,35 | 3,431 100,40 | 3,421 100,45 | 3,411 100,50 | 3,401 100,55 | 3,391 100,60 | 3,381 100,65 | 3,371 100,70 | 3,361 100,75 | 3,351 100,80 | 3,341 100,85 | 3,331 100,90 | 3,321 100,95 | 3,312 101,00 | 3,302 * Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 76,75 | 3,984 76,80 | 3,976 76,85 | 3,968 76,90 | 3,959 76,95 | 3,951 77,00 | 3,943 77,05 | 3,935 77,10 | 3,927 77,15 | 3,918 77,20 | 3,910 77,25 | 3,902 77,30 | 3,894 77,35 | 3,886 77,40 | 3,878 77,45 | 3,869 77,50 | 3,861 77,55 | 3,853 77,60 | 3,845 77,65 | 3,837 77,70 | 3,829 77,75 | 3,821 77,80 | 3,813 77,85 | 3,804 77,90 | 3,796 77,95 | 3,788 78,00 | 3,780 78,05 | 3,772 78,10 | 3,764 78,15 | 3,756 78,20 | 3,748 78,25 | 3,740 78,30 | 3,732 78,35 | 3,724 78,40 | 3,716 78,45 | 3,708 78,50 | 3,700 78,55 | 3,692 78,60 | 3,683 78,65 | 3,675 78,70 | 3,667 78,75 | 3,659 78,80 | 3,651 78,85 | 3,643 78,90 | 3,636 78,95 | 3,628 79,00 | 3,620 79,05 | 3,612 79,10 | 3,604 79,15 | 3,596 79,20 | 3,588 79,25 | 3,580 * Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Precio ex-cupón ex-inflación | Rendimiento bruto* – Porcentaje 90,25 | 1,766 90,30 | 1,760 90,35 | 1,754 90,40 | 1,748 90,45 | 1,742 90,50 | 1,737 90,55 | 1,731 90,60 | 1,725 90,65 | 1,719 90,70 | 1,714 90,75 | 1,708 90,80 | 1,702 90,85 | 1,696 90,90 | 1,691 90,95 | 1,685 91,00 | 1,679 91,05 | 1,673 91,10 | 1,668 91,15 | 1,662 91,20 | 1,656 91,25 | 1,650 91,30 | 1,645 91,35 | 1,639 91,40 | 1,633 91,45 | 1,628 91,50 | 1,622 91,55 | 1,616 91,60 | 1,610 91,65 | 1,605 91,70 | 1,599 91,75 | 1,593 91,80 | 1,588 91,85 | 1,582 91,90 | 1,576 91,95 | 1,571 92,00 | 1,565 92,05 | 1,559 92,10 | 1,554 92,15 | 1,548 92,20 | 1,542 92,25 | 1,537 92,30 | 1,531 92,35 | 1,525 92,40 | 1,520 92,45 | 1,514 92,50 | 1,508 92,55 | 1,503 92,60 | 1,497 92,65 | 1,492 92,70 | 1,486 92,75 | 1,480 * Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 56,00 | 4,715 56,05 | 4,710 56,10 | 4,706 56,15 | 4,701 56,20 | 4,696 56,25 | 4,692 56,30 | 4,687 56,35 | 4,682 56,40 | 4,678 56,45 | 4,673 56,50 | 4,668 56,55 | 4,664 56,60 | 4,659 56,65 | 4,654 56,70 | 4,650 56,75 | 4,645 56,80 | 4,641 56,85 | 4,636 56,90 | 4,631 56,95 | 4,627 57,00 | 4,622 57,05 | 4,618 57,10 | 4,613 57,15 | 4,608 57,20 | 4,604 57,25 | 4,599 57,30 | 4,595 57,35 | 4,590 57,40 | 4,586 57,45 | 4,581 57,50 | 4,577 57,55 | 4,572 57,60 | 4,568 57,65 | 4,563 57,70 | 4,558 57,75 | 4,554 57,80 | 4,549 57,85 | 4,545 57,90 | 4,540 57,95 | 4,536 58,00 | 4,531 58,05 | 4,527 58,10 | 4,523 58,15 | 4,518 58,20 | 4,514 58,25 | 4,509 58,30 | 4,505 58,35 | 4,500 58,40 | 4,496 58,45 | 4,491 58,50 | 4,487 * Rendimientos redondeados al tercer decimal.