Acuerdo internacional administrativo entre el Ministerio del Interior y la Oficina en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR), hecho en Madrid el 22 y 25 de septiembre de 2023.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 9 de octubre de 2023
En pocas palabras
El Ministerio del Interior y la oficina en España del ACNUR firman un acuerdo para que el ACNUR participe en el procedimiento de reconocimiento de la protección internacional. El Ministerio financia cinco especialistas y una consultoría de seis meses.
Qué cambia
El ACNUR contará con cinco especialistas en protección internacional y una consultoría de seis meses para mejorar el acceso al procedimiento de asilo y su calidad, financiados por el Ministerio del Interior.
- A quién afecta
- personas solicitantes de protección internacional · refugiados · ACNUR · Ministerio del Interior · Oficina de Asilo y Refugio
- Cifras
- financiación del Ministerio del Interior: 290.850 euros para 2023
- especialistas en protección internacional: 5 puestos
- consultoría especializada: 6 meses
- costes indirectos del ACNUR: 6,5% de la contribución
- Inmigración y asilo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y LA OFICINA EN ESPAÑA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS (ACNUR)
REUNIDAS
De una parte, doña Isabel Goicoechea Aranguren, Subsecretaria del Interior, cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 505/2018, de 18 de junio (BOE de 19 de junio), por delegación de firma del Ministro del Interior de 2 de junio de 2023, y
De otra parte, doña Sophie Muller, Representante en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (en adelante, ACNUR), nombrada el 1 de octubre de 2019 y acreditada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Interviniendo ambas como titulares de sus respectivos cargos y reconociéndose recíprocamente capacidad legal suficiente para la firma del presente Acuerdo Internacional Administrativo, a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que al Ministerio del Interior le corresponde el régimen de asilo, refugio, apátridas y protección a desplazados, en especial, la instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de protección internacional que dan lugar al reconocimiento de la condición de refugiado en los términos establecidos en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, y en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951, y su Protocolo, suscrito en Nueva York el 31 de enero de 1967, que lleva a cabo a través de la Dirección General de Política Interior, de la que depende la Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio, según establece el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
Segundo.
Que el ACNUR es un organismo especializado de la Organización de Naciones Unidas, creado por resolución de su Asamblea General 428 (V), de 14 de diciembre de 1950, que tiene entre sus funciones la de promover acuerdos con los gobiernos para la ejecución de medidas destinadas a mejorar la situación de los refugiados. Todo ello de conformidad con la Convención de Ginebra de 1951 y su Protocolo de Nueva York de 1967, sobre el estatuto de los refugiados, ratificados ambos por España mediante instrumento de 22 de julio de 1978 (BOE de 21 de octubre).
Tercero.
Que el desarrollo de la cooperación entre el Reino de España y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados se recoge en el Acuerdo Marco de Cooperación hecho en Ginebra el 9 de diciembre de 2002 (BOE del 23 de mayo de 2003).