Real Decreto 775/2023, de 3 de octubre, por el que se actualiza el régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, conforme a la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, para dar cumplimiento al Acuerdo entre la Administración del Estado y los representantes de las asociaciones profesionales de las carreras judicial y fiscal.
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · 4 de octubre de 2023
En pocas palabras
Actualiza las cuantías del complemento de destino por representación de los miembros de las carreras judicial y fiscal, para aplicar el acuerdo firmado el 23 de mayo de 2023. El incremento tiene efectos desde el 1 de enero de 2023.
Qué cambia
Los jueces, magistrados, fiscales y demás miembros de las carreras judicial y fiscal cobran un complemento de destino por representación más alto, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023. La subida se aplica de oficio por la Administración.
- A quién afecta
- jueces y magistrados de la Carrera Judicial · fiscales de la Carrera Fiscal · miembros de las carreras judicial y fiscal destinados en distintos órganos
- Cifras
- incremento del complemento de destino por representación: entre 440 y 450 euros, según el tipo de órgano y destino
- efectos económicos: desde el 1 de enero de 2023
- Justicia
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Con fecha 23 de mayo de 2023 se firmó el acuerdo entre la Administración del Estado, representada por el Secretario de Estado de Justicia y la Secretaria de Estado de Función Pública, y los representantes de las asociaciones profesionales de la Carrera Judicial y Fiscal.
En el citado acuerdo se establece un incremento retributivo del complemento de destino por representación de los miembros de las carreras judicial y fiscal de entre 440 y 450 euros, en función del tipo de órgano y destino, lo que requiere, conforme a la disposición final primera de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, la actualización de las cuantías de dicho complemento, objeto del presente real decreto.
El real decreto que se presenta se ajusta a los principios de buena regulación exigibles conforme al artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya que constituye el instrumento más adecuado para atender los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
De conformidad con los principios de necesidad y eficacia, el presente real decreto es el instrumento adecuado a los fines de adecuar las retribuciones de los miembros de la Carrera Judicial y Fiscal, de conformidad con su papel impulsor y protagonista de las transformaciones operadas, y en curso, de la Administración de Justicia.
En virtud del principio de proporcionalidad, la presente iniciativa minimiza su impacto a la reforma de los preceptos imprescindibles para trasladar a la norma los puntos económicos del acuerdo suscrito. Con ello, la medida deviene idónea para conseguir los fines perseguidos y no supone mayor carga de obligaciones ni restricción en derechos. Respecto a su contenido, contribuye a alcanzar unas retribuciones proporcionadas a las funciones los miembros de la Carrera Judicial y Fiscal.
Asimismo, se garantiza el principio de seguridad jurídica, en la medida en que, como se ha indicado, el presente proyecto de real decreto es coherente con el contenido del acuerdo suscrito.
En aplicación de los principios de transparencia y eficiencia, los incrementos previstos se realizarán de oficio por la Administración y con carácter retroactivo a 1 de enero de 2023, y permiten una estructura retributiva de la Administración de Justicia en la que los miembros de las carreras judicial y fiscal se vean remunerados de forma acorde a las funciones que les corresponden, tal y como se ha hecho con otros funcionarios y funcionarias de la Administración de Justicia.
En su virtud, a propuesta de las Ministras de Justicia y de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de octubre de 2023,