Recurso de inconstitucionalidad n.º 5580-2023, contra los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s); 15, apartados 1.b) y 1.d), y apartados 2, 3 y 4; 16; 17; 18.1 y 18.4; 27.1, párrafo tercero, 27.2 y 27.3; 28; 29; disposición transitoria primera, párrafo segundo; disposición transitoria segunda y disposición final séptima, apartado 1, de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Tribunal Constitucional · 3 de octubre de 2023
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Parlamento de Cataluña contra varios artículos y disposiciones de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Qué cambia
La ley sigue en vigor mientras el Tribunal estudia el recurso. La decisión afectará a qué partes de la ley de vivienda se mantienen o se anulan.
- A quién afecta
- inquilinos · propietarios de viviendas · comunidades autónomas · administraciones públicas con competencias en vivienda
- Vivienda y urbanismo
- Justicia
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de septiembre de 2023, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5580-2023, promovido por el Parlamento de Cataluña, contra los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s); 15, apartados 1.b) y 1.d), y apartados 2, 3 y 4; 16; 17; 18.1 y 18.4; 27.1, párrafo tercero, 27.2 y 27.3; 28; 29; disposición transitoria primera, párrafo segundo; disposición transitoria segunda y disposición final séptima, apartado 1, de la Ley 12/2023, de 24 mayo, por el derecho a la vivienda.
Madrid, 26 de septiembre de 2023.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.