Ley 10/2023, de 7 de agosto, de derogación de la Ley 6/2018, de 26 de noviembre, de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Comunidad Autónoma de La Rioja · 15 de agosto de 2023
En pocas palabras
Deroga la Ley 6/2018, de 26 de noviembre, de protección de los animales en La Rioja. La derogación se debe a que parte de esa norma no se ajusta a la Ley estatal 7/2023 de protección y bienestar animal. La ley entra en vigor el mismo día de su publicación.
Qué cambia
En La Rioja deja de aplicarse la ley autonómica de protección animal de 2018. Pasa a aplicarse la normativa estatal y la europea sobre protección y bienestar de los animales.
- A quién afecta
- propietarios de animales de compañía · ganaderos · cazadores · veterinarios · personas que usan animales en actividades deportivas o profesionales
- Cifras
- 26 artículos modificados por la Ley 2/2020, de 30 de enero
- 16 preceptos que un informe jurídico de mayo de 2023 considera que habría que modificar
- 13 preceptos que ese informe considera que habría que suprimir
- fecha de sacrificio cero en la ley estatal: 24 de septiembre de 2023
- fecha de sacrificio cero en la ley riojana derogada: 26 de noviembre de 2024
- Medio ambiente y clima
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 6/2018 de 26 de noviembre, de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se aprobó envuelta en polémica, con deficiente técnica jurídica, repleta de juicios de valor y de sectarismo, alejada de la realidad de la sociedad riojana y con innumerables incoherencias e intransigencias.
Una norma que se aprobó sin el consenso necesario para una ley de tal calado y con la oposición pública de muchos de los protagonistas de la misma, de ganaderos, cazadores, realeros y veterinarios, entre otros muchos.
La publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja» de 14 de diciembre de 2018 implicó ya, por aquel entonces, que quedara fuera del marco legislativo vigente, y por esa razón el anterior Gobierno de La Rioja subsanó parte de sus deficiencias modificando 26 artículos mediante la Ley 2/2020, de 30 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2020.
Además, por otro lado, mediante el Recurso 1203/2019 se declara la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado del artículo 7, la pérdida del objeto en relación con lo citado de los artículos 2, 6, 7 y 12, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 81/2020, de 15 de julio.
Actualmente, con la aprobación de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, resulta que gran parte de la norma riojana no se ajusta a esta regulación nacional. Por ejemplo, la no diferenciación entre animales de compañía y animales utilizados en actividades específicas, la esterilización obligatoria o las fechas para alcanzar el sacrificio cero:
En la ley riojana no quedan excluidos los animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado), así como los utilizados en actividades profesionales (dedicados a una actividad o cometido concreto realizado conjuntamente con su responsable en un entorno profesional o laboral, como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las fuerzas y cuerpos de seguridad o de las Fuerzas Armadas).
Igualmente, en la ley nacional quedan excluidos los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza. Todos ellos se regulan y quedarán protegidos por la normativa vigente europea, estatal y autonómica correspondientes, y que les sea de aplicación al margen de la Ley 7/2023.