Ley 9/2022, de 29 de noviembre, de modificación de la Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · 21 de enero de 2023
En pocas palabras
Modifica la Ley 6/2021 de atención temprana de la Región de Murcia para cambiar quién forma parte de la Comisión Regional de Coordinación y de la Comisión Técnica de Atención Temprana. Sustituye la referencia a centros «concertados» por centros que reciban financiación de la Administración Regional.
Qué cambia
Los centros de desarrollo infantil y atención temprana, públicos y privados, que reciben fondos públicos de la Región de Murcia podrán designar representantes en las dos comisiones de atención temprana.
- A quién afecta
- centros de desarrollo infantil y atención temprana de titularidad pública · centros de desarrollo infantil y atención temprana de titularidad privada · Federación de Municipios de la Región de Murcia · Federación de Entidades sin Ánimo de Lucro titulares de CDIAT · personal técnico de los centros de atención temprana
- Cifras
- representantes de centros públicos en la Comisión Regional: 4
- representantes de centros privados en la Comisión Regional: 2
- miembros del personal técnico de centros públicos en la Comisión Técnica: 4
- miembros del personal técnico de centros privados en la Comisión Técnica: 2
- Servicios sociales, familias y dependencia
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley de modificación de la Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
PREÁMBULO
El «Boletín Oficial de la Región de Murcia» núm. 5, de 8 de enero de 2022, publica la Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia.
Sus artículos 18 y 19 se ocupan de regular la Comisión Regional de Coordinación de Atención Temprana y la Comisión Técnica de Atención Temprana, respectivamente.
Ambos artículos, en sus apartados 1.i) y 1.f) respectivamente, hacen referencia a los representantes de los centros de desarrollo infantil y atención temprana «concertados» de titularidad pública, designados por la Federación de Municipios de la Región de Murcia. Al no haber «conciertos» con el sector público no es posible la designación de los representantes de dichas comisiones, por lo que resulta necesario modificar ambos artículos eliminando la referencia a los conciertos.
Asimismo, en sus apartados 1.j) y 1.g) se hace referencia a los representantes de los centros de desarrollo infantil y atención temprana concertados de titularidad privada, dejando fuera de la Comisión a centros que reciben fondos públicos a través de subvenciones o contratos administrativos. Dadas las funciones de ambas comisiones, resulta obvio que para conseguir mejor sus objetivos deben ser admitidos a participar todos aquellos centros que perciban financiación pública.
Artículo único. Modificación de la Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia.
Se modifican las letras i) y j) del apartado 1 del artículo 18 y las letras f) y g) del apartado 1 del artículo 19 de la Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia.
Uno. Se modifican las letras i) y j) del apartado 1 del artículo 18, que quedan redactadas de la siguiente forma:
«i) Cuatro representantes de los centros de desarrollo infantil y atención temprana de titularidad pública que reciban financiación de la Administración Regional, designados por la Federación de Municipios de la Región de Murcia.»