Renovación de la reserva formulada por España al Convenio penal sobre la corrupción, número 173 del Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 21 de enero de 2023
En pocas palabras
España renueva su reserva al Convenio penal sobre la corrupción del Consejo de Europa. La reserva permite exigir la doble incriminación para perseguir delitos de corrupción cometidos por españoles en el extranjero. La renovación vale tres años desde el 1 de agosto de 2022.
Qué cambia
Mantiene la posibilidad de que España no persiga a sus nacionales por ciertos delitos de corrupción cometidos fuera del país si esos hechos no son delito en el lugar donde se cometieron.
- A quién afecta
- personas españolas investigadas por corrupción en el extranjero · tribunales españoles · Consejo de Europa
- Cifras
- renovación de la reserva: 3 años desde el 1 de agosto de 2022
- prórroga de la vigencia anterior: 6 meses hasta el 31 de enero de 2023
- notificación al Secretario General del Consejo de Europa: 5 de diciembre de 2012
- Justicia
- Política exterior y Unión Europea
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La reserva formulada por España al ratificar el Convenio penal sobre la corrupción, se ha renovado por períodos sucesivos de tres años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Convenio.
El plazo de vigencia de la última renovación, que finalizó el 31 de julio de 2022, se ha prorrogado por seis meses desde esa fecha hasta el 31 de enero de 2023, por aplicación de lo establecido en el párrafo 2 del artículo 38 del Convenio.
El 5 de diciembre de 2012, España ha notificado al Secretario General del Consejo de Europa que renueva la reserva, con el siguiente contenido:
«Conforme a los artículos 17, párrafo 2, y 37, párrafo 2, del Convenio, España se reserva el derecho de no aplicar lo establecido en el artículo 17, párrafo 1 b), y, en consecuencia, exigir el requisito de la doble incriminación para perseguir infracciones cometidas por los propios nacionales en el extranjero; dicha reserva nunca afectaría a la competencia de los Tribunales españoles para el conocimiento, de conformidad con el artículo 17.4 del Convenio, de los delitos de corrupción entre particulares y en las transacciones económicas internacionales, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.4.n) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.»
El período de validez de la renovación de la reserva será de tres años, a contar desde el 1 de agosto de 2022.
Madrid, 16 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.