Acuerdo entre los Ministerios de Universidades y de Educación y Formación Profesional, por parte del Reino de España, y el Ministerio de Educación, por parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en materia de cooperación educativa y acceso a la universidad y a otras instituciones de educación superior, hecho en Madrid el 28 de junio y 3 de julio de 2023.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 27 de julio de 2023
En pocas palabras
Establece un acuerdo entre España y el Reino Unido para fomentar la cooperación educativa y facilitar el acceso a la universidad y a otras instituciones de educación superior. También regula el reconocimiento mutuo de títulos, diplomas, certificados y pruebas de acceso entre ambos países.
Qué cambia
Los estudiantes que quieran acceder a la universidad en España o a estudios superiores en el Reino Unido podrán usar sus títulos y pruebas de acceso con reconocimiento mutuo, según la normativa de cada país.
- A quién afecta
- estudiantes que quieren estudiar en la universidad en España · estudiantes que quieren estudiar en el Reino Unido · universidades españolas · instituciones de educación superior del Reino Unido · Ministerios de Universidades y de Educación y Formación Profesional de España
- Cifras
- retirada del Reino Unido de la Unión Europea con efecto desde el 1 de enero de 2021
- Acuerdo Cultural entre España y el Reino Unido de 1960
- Educación y universidades
- Política exterior y Unión Europea
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
ACUERDO ENTRE LOS MINISTERIOS DE UNIVERSIDADES Y DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL, POR PARTE DEL REINO DE ESPAÑA, Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POR PARTE DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, EN MATERIA DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y ACCESO A LA UNIVERSIDAD Y A OTRAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
El Reino de España («España») representado por los Ministerios de Universidades y de Educación y Formación Profesional y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte («el Reino Unido») representado por el Ministerio de Educación (conjuntamente, «las partes»);
Teniendo en cuenta que en España los Ministerios de Universidades y de Educación y Formación Profesional son los responsables de las universidades y la educación superior;
Teniendo en cuenta los objetivos de cooperación del Acuerdo Cultural de 1960 entre España y el Reino Unido en particular aquellos que persiguen fomentar la cooperación educativa entre ambas partes, y, en especial su artículo 5, según el cual «Cada Gobierno Contratante estudiará en qué medida y en qué condiciones los títulos, grados, diplomas y certificados académicos conferidos en el territorio de un Gobierno Contratante, incluidos los relacionados con el ejercicio de las profesiones, se considerarán equivalentes a los conferidos en el territorio del otro».
Guiándose por el deseo de mantener las intensas relaciones y la cooperación en el ámbito educativo entre las partes después de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea con efecto desde el 1 de enero de 2021;
Con el propósito de facilitar el acceso a la universidad en ambas partes y a otras instituciones de educación superior en el Reino Unido, y garantizar el mutuo reconocimiento de los títulos, diplomas, certificados y cualificaciones exigidos por cada una de las partes;
Reconociendo que, bajo la ley española, este acuerdo está categorizado como un «Acuerdo Internacional Administrativo», vinculante entre las partes bajo la ley internacional;
Han alcanzado el siguiente acuerdo:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El objeto del presente acuerdo es fomentar y facilitar las relaciones en materia educativa en los diferentes niveles entre los sistemas educativos de ambas Partes, así como facilitar el acceso a la universidad en ambas partes y a otras instituciones de educación superior en el Reino Unido.
2. El presente acuerdo se aplicará a los programas e iniciativas de cooperación educativa, al acceso a la universidad en ambas partes y a otras instituciones de educación superior en el Reino Unido, y al reconocimiento de los títulos, diplomas, certificados, cualificaciones y pruebas de acceso, que tienen validez oficial en el sistema educativo de cada una de las partes y que habilitan para el acceso a los estudios de grado universitario en España y a los estudios de Bachelor y otros estudios de educación superior en el Reino Unido, de acuerdo con la legislación, normas y procedimientos vigentes de cada parte y, en el caso de España, también con cualquier normativa de la Unión Europea que resulte de aplicación.