Real Decreto 651/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 162/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de Andalucía.
Ministerio de Hacienda y Función Pública · 20 de julio de 2023
En pocas palabras
Modifica el Real Decreto 162/2008 para subir los porcentajes máximos de las ayudas regionales que se pueden conceder en la zona de promoción económica de Andalucía. La subida se aplica a los territorios incluidos en el Plan Territorial de Transición Justa de España.
Qué cambia
Las empresas que inviertan en esos territorios de Andalucía podrán recibir incentivos regionales con porcentajes máximos más altos sobre la inversión aprobada. Las solicitudes ya presentadas se resuelven con los porcentajes de las normas anteriores según su fecha.
- A quién afecta
- empresas que invierten en la zona de promoción económica de Andalucía · grandes empresas · medianas empresas · pequeñas empresas · territorios del Plan Territorial de Transición Justa en Andalucía
- Cifras
- Almería, Cádiz y Córdoba: hasta el 40 % para grandes empresas
- Almería, Cádiz y Córdoba: hasta el 50 % para medianas empresas
- Almería, Cádiz y Córdoba: hasta el 60 % para pequeñas empresas
- Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla: hasta el 30 % para grandes empresas
- Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla: hasta el 40 % para medianas empresas y 50 % para pequeñas empresas
- Economía, empresas y consumo
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 162/2008, de 8 de febrero, delimita la zona de promoción económica de Andalucía, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3.2, 4 y 5 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio.
Dicho real decreto fue modificado por el Real Decreto 614/2022, de 26 de julio, para adaptar su contenido a las Directrices de la Comisión Europea sobre las ayudas estatales de finalidad regional (2021/C 153/01) y al Mapa de ayudas regionales de España para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2027 (SA. 100859).
Por Decisión de la Comisión Europea de 9 de marzo de 2023 (SA. 106039), en aplicación del punto 187 de las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional, se ha modificado dicho Mapa. Esta modificación supone un incremento de los porcentajes máximos de las ayudas regionales que se podrán conceder en la Comunidad Autónoma de Andalucía en los territorios designados en el Plan Territorial de Transición Justa de España, aprobado mediante la Decisión de la Comisión de 20 de diciembre de 2022, para recibir ayuda del Fondo de Transición Justa.
Ello hace necesario modificar este real decreto para adaptarlo a la modificación del Mapa de ayudas regionales de España para el período 2022-2027.
Con esta finalidad, el real decreto se compone de un artículo único que modifica el Real Decreto 162/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de Andalucía.
También componen este real decreto una disposición transitoria, relativa a las solicitudes en tramitación, y una disposición final, relativa a su entrada en vigor.
El presente real decreto cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a los principios de necesidad y eficacia, la norma queda plenamente justificada por razones de interés general para adaptar el contenido del Real Decreto 162/2008, de 8 de febrero, a lo dispuesto en la modificación del Mapa de ayudas regionales de España para el período 2022-2027 con el fin de aumentar las intensidades de ayuda para los territorios designados para recibir ayuda del Fondo de Transición Justa, constituyendo este real decreto el instrumento más adecuado para su consecución.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la norma contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, pues no implica restricciones de derechos ni impone nuevas obligaciones a los solicitantes de los incentivos regionales.