Resolución de 28 de abril de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de mayo de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital · 1 de mayo de 2023
Texto
La Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2023 y el mes de enero de 2024 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2022. Dicho calendario se publicó por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2023 y el mes de enero de 2024.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 4 de mayo y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,65 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2027 con una vida residual en torno a cuatro años y siete meses, Obligaciones del Estado al 0,00 por 100, vencimiento 31 de enero de 2028, con una vida residual en torno a cuatro años y nueve meses y Obligaciones del Estado al 1,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2040, con una vida residual en torno a diecisiete años y seis meses.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ETD/37/2023,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de mayo de 2023 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, en la Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de las Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 5 de enero de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, en la Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Obligaciones del Estado al 0,00 por 100, vencimiento 31 de enero de 2028 y en las Órdenes ETD/511/2020 y ETD/517/2020, de 9 y 10 de junio, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2040. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,65 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2027, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes EIC/369/2017 y EIC/373/2017, de 26 y 27 de abril, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de octubre de 2023 en las Obligaciones al 1,20 por 100, el 30 de noviembre de 2023 en las Obligaciones al 0,65 por 100, indexadas a la inflación y el 31 de enero de 2024 en las Obligaciones al 0,00 por 100. En los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2023, por un importe de 1,027945 por 100, según se establece en la Resolución de 5 de enero de 2023.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, en las Obligaciones al 0,65 por 100, indexadas a la inflación y en las Obligaciones al 0,00 por 100, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 4 de mayo de 2023, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones al 0,65 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,86 por 100 en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el 0,28 por 100 en las Obligaciones al 0,65 por 100 indexadas a la inflación, el 0,00 por 100 en las Obligaciones al 0,00 por 100, y el 0,62 por 100 en las Obligaciones al 1,20 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g de la Orden EIC/369/2017, es 1,20578.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 9 de mayo de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero.
Madrid, 28 de abril de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 5 de septiembre de 2022), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado al 2,80 %, vto. 31 de mayo de 2026
Subasta del día 4 de mayo
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,00 | 3,497 98,05 | 3,480 98,10 | 3,462 98,15 | 3,444 98,20 | 3,427 98,25 | 3,409 98,30 | 3,391 98,35 | 3,374 98,40 | 3,356 98,45 | 3,338 98,50 | 3,321 98,55 | 3,303 98,60 | 3,285 98,65 | 3,268 98,70 | 3,250 98,75 | 3,233 98,80 | 3,215 98,85 | 3,198 98,90 | 3,180 98,95 | 3,163 99,00 | 3,145 99,05 | 3,128 99,10 | 3,110 99,15 | 3,093 99,20 | 3,075 99,25 | 3,058 99,30 | 3,040 99,35 | 3,023 99,40 | 3,005 99,45 | 2,988 99,50 | 2,971 99,55 | 2,953 99,60 | 2,936 99,65 | 2,919 99,70 | 2,901 99,75 | 2,884 99,80 | 2,867 99,85 | 2,849 99,90 | 2,832 99,95 | 2,815 100,00 | 2,798 100,05 | 2,780 100,10 | 2,763 100,15 | 2,746 100,20 | 2,729 100,25 | 2,711 100,30 | 2,694 100,35 | 2,677 100,40 | 2,660 100,45 | 2,643 100,50 | 2,625 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado €i al 0,65 %, vto. 30 de noviembre de 2027
Subasta del día 4 de mayo
Precio ex-cupón ex-inflación | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,75 | 0,932 98,80 | 0,921 98,85 | 0,909 98,90 | 0,898 98,95 | 0,887 99,00 | 0,876 99,05 | 0,864 99,10 | 0,853 99,15 | 0,842 99,20 | 0,830 99,25 | 0,819 99,30 | 0,808 99,35 | 0,797 99,40 | 0,785 99,45 | 0,774 99,50 | 0,763 99,55 | 0,752 99,60 | 0,740 99,65 | 0,729 99,70 | 0,718 99,75 | 0,707 99,80 | 0,696 99,85 | 0,684 99,90 | 0,673 99,95 | 0,662 100,00 | 0,651 100,05 | 0,640 100,10 | 0,629 100,15 | 0,618 100,20 | 0,606 100,25 | 0,595 100,30 | 0,584 100,35 | 0,573 100,40 | 0,562 100,45 | 0,551 100,50 | 0,540 100,55 | 0,529 100,60 | 0,518 100,65 | 0,507 100,70 | 0,495 100,75 | 0,484 100,80 | 0,473 100,85 | 0,462 100,90 | 0,451 100,95 | 0,440 101,00 | 0,429 101,05 | 0,418 101,10 | 0,407 101,15 | 0,396 101,20 | 0,385 101,25 | 0,374 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 0,00 %, vto. 31 de enero de 2028
Subasta del día 4 de mayo
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 85,50 | 3,366 85,55 | 3,354 85,60 | 3,341 85,65 | 3,328 85,70 | 3,315 85,75 | 3,303 85,80 | 3,290 85,85 | 3,277 85,90 | 3,264 85,95 | 3,252 86,00 | 3,239 86,05 | 3,226 86,10 | 3,214 86,15 | 3,201 86,20 | 3,188 86,25 | 3,176 86,30 | 3,163 86,35 | 3,150 86,40 | 3,138 86,45 | 3,125 86,50 | 3,113 86,55 | 3,100 86,60 | 3,087 86,65 | 3,075 86,70 | 3,062 86,75 | 3,050 86,80 | 3,037 86,85 | 3,025 86,90 | 3,012 86,95 | 3,000 87,00 | 2,987 87,05 | 2,975 87,10 | 2,962 87,15 | 2,950 87,20 | 2,937 87,25 | 2,925 87,30 | 2,912 87,35 | 2,900 87,40 | 2,887 87,45 | 2,875 87,50 | 2,862 87,55 | 2,850 87,60 | 2,838 87,65 | 2,825 87,70 | 2,813 87,75 | 2,800 87,80 | 2,788 87,85 | 2,776 87,90 | 2,763 87,95 | 2,751 88,00 | 2,739 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 1,20 %, vto. 31 de octubre de 2040
Subasta del día 4 de mayo
Precio ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 65,50 | 3,976 65,55 | 3,971 65,60 | 3,965 65,65 | 3,960 65,70 | 3,955 65,75 | 3,950 65,80 | 3,945 65,85 | 3,940 65,90 | 3,935 65,95 | 3,929 66,00 | 3,924 66,05 | 3,919 66,10 | 3,914 66,15 | 3,909 66,20 | 3,904 66,25 | 3,899 66,30 | 3,894 66,35 | 3,889 66,40 | 3,884 66,45 | 3,879 66,50 | 3,873 66,55 | 3,868 66,60 | 3,863 66,65 | 3,858 66,70 | 3,853 66,75 | 3,848 66,80 | 3,843 66,85 | 3,838 66,90 | 3,833 66,95 | 3,828 67,00 | 3,823 67,05 | 3,818 67,10 | 3,813 67,15 | 3,808 67,20 | 3,803 67,25 | 3,798 67,30 | 3,793 67,35 | 3,788 67,40 | 3,783 67,45 | 3,778 67,50 | 3,773 67,55 | 3,768 67,60 | 3,763 67,65 | 3,758 67,70 | 3,753 67,75 | 3,748 67,80 | 3,743 67,85 | 3,738 67,90 | 3,733 67,95 | 3,728 68,00 | 3,723 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.