Resolución de 6 de junio de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 18 de febrero de 2022, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Asturias.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 9 de junio de 2022
En pocas palabras
Modifica la ordenación de la pesquería de caballa en las zonas 8c y 9a para buques de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en Asturias. Fija la cuota definitiva en 1.827.063,94 kg y, tras el cierre de la pesca dirigida el 1 de junio de 2022, destina la cuota disponible a pesca accidental.
Qué cambia
Los buques asturianos de otras artes ya no pueden pescar caballa de forma dirigida desde el 1 de junio de 2022. La cuota restante se usa para capturas accidentales, con un tope de descarga de 400 kg por embarcación y semana.
- A quién afecta
- buques de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en Asturias · armadores de esos buques · Federación Provincial de Asturias
- Cifras
- cuota adaptada definitiva de caballa en 2022: 1.827.063,94 kg
- cuota inicial de caballa en 2022: 1.647.641 kg
- incremento tras cierre de campaña 2021: 143.449 kg
- cantidad adicional por intercambio con Países Bajos, Polonia y Francia: 36.574 kg
- tope semanal de descarga por embarcación: 400 kg
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Asturias, estableció el inicio de la pesquería dirigida de los buques de otras artes diferentes de arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Asturias para la campaña de 2022 a las 00:00 horas (hora peninsular) del día 21 de febrero de 2022. En dicha Resolución se fijaba una cuota inicial de caballa en 2022 para los barcos objeto de esta Resolución de 1.647.641 kg, de la que se destinarían 1.644.635,57 kg a pesca dirigida.
Con la Resolución de 21 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Asturias, se fijó la cuota adaptada definitiva de caballa a la provincia de Asturias en 1.791.089,94 kg tras el cierre de la campaña 2021, lo que suponía un incremento de 143.449 Kg y cuya composición se explicaba en la exposición de motivos de la Resolución de 21 de abril.
Dicho incremento de 143.449 kg se repartió para pesca dirigida y pesca accesoria siguiendo los mismos criterios que los recogidos en la Resolución de 18 de febrero de 2022 tras comunicado por parte de la Federación Provincial de Asturias. Además, se modificó el Anexo que recoge los buques que pueden hacer pesca dirigida de caballa en la campaña 2022, por causar baja varios buques a petición propia de los armadores ante la Federación Provincial.
La Resolución de 29 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de caballa (MAC/8c3411) y merluza sur (HKE/8c3411) obtenidas para 2022 por intercambio con Países bajos, Polonia y Francia, asignó a las provincias de otras artes diferentes de arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste cantidades adicionales de caballa, según de describe en el anexo II de dicha Resolución en base a los criterios de reparto establecidos por la orden AAA/2534/2015 de 17 noviembre. Para el caso de la provincia de Asturias esta cantidad adicional de caballa es de 36.574 kg, por lo que su cuota adaptada definitiva ascendió a 1.827.663,94 kg. Mediante comunicado de 5 de mayo, la Federación Provincial de Asturias informó a la Secretaría General de Pesca, que la cuota adicional de caballa del swap con Países bajos, Polonia y Francia se destina a la pesca dirigida de caballa.
Con fecha 30 de mayo se ha recibido en la Secretaría General de Pesca otra comunicación de la Federación Provincial, solicitando el cierre de la pesca dirigida, a la vez que el traspaso de la cuota disponible de la destinada a pesca dirigida, para la pesca accidental de caballa, estableciendo para ello un tope semanal de descarga de 400 kg por embarcación y semana, que podrá ser modificado en base a la evolución de la pesquería.