Resolución de 3 de mayo de 2022, de la Direccion General de Salud Pública, por la que se aprueba la bolsa de traslado de cadáveres con ataúd.
Ministerio de Sanidad · 26 de mayo de 2022
En pocas palabras
Aprueba la «Bolsa de traslado internacional de cadáveres» para usarla como caja interior de los féretros especiales de traslado internacional. La resolución indica que la bolsa cumple las características sanitarias de estanqueidad y resistencia a la presión de los gases.
Qué cambia
Permite usar esta bolsa concreta como caja interior en traslados internacionales de cadáveres. Afecta a las empresas funerarias y a quienes gestionan estos traslados.
- A quién afecta
- empresas funerarias · fabricantes de artículos funerarios · personas que gestionan traslados internacionales de cadáveres
- Cifras
- plazo para recurso de alzada: un mes desde el día siguiente a la publicación
- Sanidad y salud pública
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Vista la propuesta efectuada por don Joaquín Pérez Casado, en representación de «Comercial Ibérica de Artículos Funerarios, SL» con CIF B23810047 y domicilio social en calle Arjona, 77. Arjonilla (Jaén), sobre la «Bolsa de traslado internacional de cadáveres».
Considerando lo previsto en el artículo 40.b.3 del Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, en el que se especifica que la caja interior de los féretros especiales de traslado podrá ser de cualquier otro tipo de construcción, previamente aprobado por la extinta Dirección General de Sanidad, y para que sirva de notificación a los interesados,
Esta Dirección General de Salud Pública, resuelve:
Aprobar la «Bolsa de traslado internacional de cadáveres» para su uso como caja interior de los féretros especiales de traslado internacional, puesto que cumple con todas las características técnicas sanitarias de estanqueidad y resistencia a la presión de los gases en su interior, así como la posibilidad de aplicar dispositivos de filtrado y depuración de los gases para equilibrar la presión interior y exterior.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria de Estado de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 3 de mayo de 2022.–La Directora General de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga.