Real Decreto 410/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Policía Nacional para el año 2022.
Ministerio de Hacienda y Función Pública · 25 de mayo de 2022
En pocas palabras
Aprueba la oferta de empleo público de la Policía Nacional para 2022 y autoriza las convocatorias de plazas para ingresar en el cuerpo. Fija las plazas por oposición libre y por promoción interna y reserva parte de ellas a militares de tropa y marinería.
Qué cambia
Permite convocar pruebas selectivas para cubrir plazas de nuevo ingreso en la Policía Nacional en 2022. Las personas que quieran presentarse podrán hacerlo cuando se publiquen las convocatorias, que el Ministerio del Interior difundirá en su página web.
- A quién afecta
- personas que quieran ingresar en la Policía Nacional · militares profesionales de tropa y marinería · subinspectores de la Policía Nacional que opten a promoción interna · Ministerio del Interior
- Cifras
- 150 plazas por oposición libre en la Escala Ejecutiva
- 2.456 plazas por oposición libre en la Escala Básica
- 491 plazas reservadas a militares de tropa y marinería con al menos cinco años de servicio
- 300 plazas en la Escala Ejecutiva por promoción interna desde la categoría de Subinspector
- tasa de reposición del 125 por ciento para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
- Empleo y trabajo
- Seguridad y emergencias
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 han sido publicados mediante la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, estableciéndose en su artículo 20.Cinco.1 que compete al Gobierno, a iniciativa de los Departamentos u Organismos competentes, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa valoración e informe sobre su repercusión en los costes de personal, la aprobación de la oferta de empleo público que corresponda a la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos estatales.
Este real decreto, por tanto, tiene como finalidad dar cumplimiento a lo indicado y establecer los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración General del Estado.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de aplicación supletoria en la Policía Nacional, la presente oferta de empleo público recoge las previsiones de incorporación de los nuevos recursos humanos necesarios en el ámbito de la Policía Nacional para garantizar la correcta prestación de las funciones que tiene encomendadas este cuerpo, en función de las prioridades detectadas y de las disponibilidades presupuestarias existentes.
En dicho precepto se establece que su aprobación se realizará anualmente, cubriendo la necesidad de incorporación de personal de nuevo ingreso con una cadencia temporal con periodicidad anual para asegurar el normal funcionamiento de la administración.
Por otro lado, la programación de la estructura y duración del período de formación previo al acceso a las Escala Ejecutiva y Escala Básica de la Policía Nacional, determinan que la aprobación de la oferta de las correspondientes plazas deba hacerse con la anticipación necesaria, ya que la no aprobación de la misma, o un retraso, puede dificultar la planificación y el inicio de los correspondientes procesos selectivos con el consiguiente retraso del cumplimiento del período formativo y de su incorporación efectiva en la Policía Nacional, impidiendo el adecuado mantenimiento de los medios personales indispensable para la adecuada prestación de servicios esenciales. Este carácter de servicio público esencial junto a las singularidades de su despliegue territorial y la necesidad de continuar dando una respuesta adecuada a los retos que plantea la seguridad pública, provoca que resulte perentorio aprobar sin demora la presente oferta de empleo público.
La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, establece en su artículo 20.Uno.4 que la tasa de reposición para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado será del 125 por ciento.