Resolución de 6 de mayo de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la organización territorial del área de recursos humanos y gestión económica de la Agencia.
Ministerio de Hacienda y Función Pública · 13 de mayo de 2022
En pocas palabras
Establece la organización territorial del área de recursos humanos y gestión económica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Crea una Dependencia Regional de Recursos Humanos y Gestión Económica en cada Delegación Especial y fija sus funciones y dependencia.
Qué cambia
Cambia la forma en que se coordinan los procedimientos de recursos humanos y gestión económica en las delegaciones de la Agencia Tributaria. Afecta al personal de esas unidades y a la asignación de tareas entre ellas.
- A quién afecta
- personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria · Delegaciones Especiales de la Agencia Tributaria · Dependencias Regionales de Recursos Humanos y Gestión Económica · Departamento de Recursos Humanos · Servicio de Gestión Económica
- Administración pública e instituciones
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Por Resolución de 9 de septiembre de 2014, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se establecía la estructura del área de recursos humanos y gestión económica de la organización territorial de la Agencia. La evolución experimentada desde entonces por la organización de la Agencia Estatal de Administración Tributaria aconseja impulsar políticas administrativas que incrementen la eficiencia en la prestación de los servicios públicos.
A tal efecto, con la presente resolución se pretende optimizar, desde el punto de vista funcional, la coordinación de determinados procedimientos administrativos y la flexibilidad en la asignación de tareas entre las distintas unidades. Para ello, desde el punto de vista organizativo, se prevé, en el ámbito regional, la posibilidad de avanzar en la simplificación de estructuras, así como de implantar una organización regionalizada compatible con el establecimiento, en el ámbito central, de sedes desconcentradas, aprovechando las sinergias que otorgan los medios electrónicos, todo ello con el objetivo de incrementar la eficiencia en el funcionamiento de la organización del área.
En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación conferida por el apartado decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, dictada en desarrollo del número 5 del apartado once del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, por la que se habilita al Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para dictar resoluciones normativas por las que se estructuren y atribuyan competencias a los órganos de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Tributaria, así como para estructurar, atribuir competencias, crear, refundir o suprimir dichas Delegaciones, dispongo:
Primero. Dependencias Regionales de Recursos Humanos y Gestión Económica.
1. En las Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria existirá una Dependencia Regional de Recursos Humanos y Gestión Económica que, bajo la dependencia del titular de la Delegación Especial, de acuerdo con los criterios e instrucciones dictados por el Departamento de Recursos Humanos y el Servicio de Gestión Económica, ejercerá en su ámbito territorial, en los términos establecidos en la presente resolución, las funciones correspondientes a recursos humanos y gestión económica.
2. El Departamento de Recursos Humanos o el Servicio de Gestión Económica podrán ejercer, a iniciativa propia, las funciones, de entre las contenidas en el apartado segundo, que determinen llevar a cabo de forma centralizada, por razones tecnológicas, de mayor eficacia o que persigan mayores economías de escala.
3. La Dependencia Regional de Recursos Humanos y Gestión Económica extenderá su competencia al ámbito territorial de la correspondiente Delegación Especial, y las unidades en las que aquélla se organiza, cualquiera que sea su sede, podrán desarrollar sus actuaciones en todo este ámbito territorial, previa autorización, en función de la naturaleza de la actuación de que se trate, del Departamento de Recursos Humanos o del Servicio de Gestión Económica.