Recurso de inconstitucionalidad n.º 2061-2022, contra la disposición final trigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que modifica la disposición adicional quinta de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Tribunal Constitucional · 22 de abril de 2022
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición final trigésima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022. Esa disposición modifica la disposición adicional quinta de la Ley que establece el ingreso mínimo vital.
Qué cambia
El recurso abre un proceso para revisar si esa modificación del ingreso mínimo vital es conforme a la Constitución. Mientras se resuelve, la norma sigue en vigor.
- A quién afecta
- personas beneficiarias del ingreso mínimo vital · diputados del Congreso · Tribunal Constitucional
- Pensiones y Seguridad Social
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de abril de 2022, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2061-2022, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, contra la disposición final trigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que modifica la disposición adicional quinta de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Madrid, 7 de abril de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.