Acuerdo Multilateral M344, en virtud del apartado 1.5.1 del ADR, relativo al transporte de detonadores electrónicos bajo los números ONU 0511, 0512 y 0513, hecho en Madrid el 4 de abril de 2022.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 14 de abril de 2022
En pocas palabras
Permite usar las entradas de los detonadores eléctricos (números ONU 0030, 0255 o 0456) para transportar detonadores electrónicos clasificados con los números ONU 0511, 0512 y 0513. Se aplica en los territorios de las partes firmantes del ADR que hayan suscrito este acuerdo.
Qué cambia
Las empresas que transportan detonadores electrónicos pueden usar las mismas entradas previstas para los detonadores eléctricos en el transporte por carretera. El acuerdo es válido hasta el 31 de diciembre de 2022.
- A quién afecta
- empresas de transporte de mercancías peligrosas · fabricantes y distribuidores de detonadores · operadores de voladuras y explosivos
- Cifras
- vigencia del acuerdo: hasta el 31 de diciembre de 2022
- números ONU afectados: 0511, 0512 y 0513
- entradas alternativas permitidas: números ONU 0030, 0255 o 0456
- fecha de firma: 4 de abril de 2022
- Transporte e infraestructuras
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
ACUERDO MULTILATERAL M344
En virtud del apartado 1.5.1 del ADR, relativo al transporte de detonadores electrónicos bajo los números ONU 0511, 0512 y 0513.
1. Por derogación de la subsección 2.1.2.2, para los artículos que cumplan con la definición de detonadores electrónicos, como se describe en 2.2.1.4, glosario de denominaciones, y asignados a los números ONU 0511, 0512 o 0513; las entradas para detonadores eléctricos (números ONU 0030, 0255 o 0456), podrán seguir utilizándose.
2. Deberán cumplirse todas las demás disposiciones pertinentes del ADR.
3. El presente acuerdo será válido hasta el 31 de diciembre de 2022, para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes del ADR que hayan firmado este acuerdo. Si es revocado, con anterioridad a esa fecha por alguno de los firmantes, seguirá siendo válido hasta la fecha mencionada, únicamente, para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes del ADR firmantes del presente acuerdo, que no lo hayan revocado.
Madrid, 4 de abril de 2022.–La autoridad competente para el ADR en el Reino de España, Jaime Moreno García-Cano, Director General de Transportes Terrestres.
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El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 4 de abril de 2022, fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.
Madrid, 7 de abril de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.