Ley Orgánica 4/2022, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo.
Jefatura del Estado · 13 de abril de 2022
En pocas palabras
Modifica el Código Penal para castigar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para interrumpir voluntariamente su embarazo. También castiga el acoso a los trabajadores sanitarios de esos centros. El tribunal puede prohibir al autor acercarse a determinados lugares.
Qué cambia
Quien acose a una mujer o a personal sanitario en estos centros puede ser condenado a prisión de tres meses a un año o a trabajos en beneficio de la comunidad. No hace falta denuncia de la persona afectada para perseguir estos hechos.
- A quién afecta
- mujeres que acuden a clínicas para interrumpir su embarazo · trabajadores del ámbito sanitario de esos centros · personal facultativo o directivo de los centros habilitados · personas que realizan actos de acoso ante estos centros
- Cifras
- pena de prisión: de 3 meses a 1 año
- trabajos en beneficio de la comunidad: de 31 a 80 días
- prohibición de acudir a determinados lugares: de 6 meses a 3 años
- plazo legal para interrumpir el embarazo: primeras 14 semanas
- mujeres que se sintieron acosadas en un informe de 2018: 89 %
- Justicia
- Igualdad y no discriminación
- Sanidad y salud pública
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica:
PREÁMBULO
El acoso a los centros sanitarios donde las mujeres interrumpen voluntariamente sus embarazos es una constante desde la aprobación de la Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio, de reforma del artículo 417 bis del Código Penal, por la que se despenalizaba el aborto en tres supuestos. La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, reconoce el derecho de la mujer a interrumpir libre y voluntariamente la gestación en las primeras catorce semanas del embarazo. Esta ley orgánica ofrece proporcionar seguridad jurídica tanto a las mujeres que quieren interrumpir el embarazo como a los profesionales que participan.
La recomendación general número 35 sobre la violencia por razón de género contra la mujer, del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, reconoce que las violaciones de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, como el embarazo forzado, la denegación o la postergación del aborto sin riesgo y la atención posterior al aborto, la continuación forzada del embarazo y el abuso y el maltrato de las mujeres y las niñas que buscan información sobre salud, bienes y servicios sexuales y reproductivos, son formas de violencia por razón de género que, según las circunstancias, pueden constituir trato degradante. Además, la Organización Mundial de la Salud promueve la práctica de abortos seguros, lo que supone no solo la disponibilidad de los servicios para practicarlos sino también la forma en la que se suministran y el tratamiento que se ofrece a las mujeres en ellos, incluida la confidencialidad y la privacidad en la toma de decisiones por las mujeres, por lo que recomienda, entre otras cuestiones, la señalización discreta de la ubicación de los servicios de aborto.
Precisamente, si la recomendación de la Organización Mundial de la Salud es la de dotar de discreción al entorno del centro sanitario para asegurar la confidencialidad de las mujeres, su libre decisión y su derecho a un aborto seguro quedan en entredicho a causa de actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que pretenden influir en la decisión de las mujeres de interrumpir su embarazo.
Un informe elaborado en 2018 por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la interrupción del embarazo (ACAI) con entrevistas a 300 mujeres que acudieron a abortar a varias clínicas de toda España mostraba que un 89 % de las mujeres que acudieron a abortar se habían sentido acosadas y un 66 % amenazadas. 'Miles de mujeres, se han visto increpadas, insultadas, coaccionadas o amenazadas de algún modo', explica ACAI en su informe.