Resolución de 2 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 8 de abril de 2022
En pocas palabras
Fija las capturas totales de sardina ibérica para la flota española en la campaña 2022 y las reparte entre el xeito, el Cantábrico Noroeste y el cerco del Golfo de Cádiz. Abre la pesquería el 4 de abril y fija topes diarios por buque en el Cantábrico Noroeste.
Qué cambia
Los barcos que pescan sardina en aguas ibéricas tienen un límite de capturas y topes por jornada; al agotarse lo asignado se cierra la pesquería para los buques afectados.
- A quién afecta
- barcos de cerco del Golfo de Cádiz · flota de cerco del Cantábrico Noroeste · barcos de artes menores que usan el xeito · tripulantes de los buques sardineros
- Cifras
- capturas totales para la flota española en 2022: 14.827.770 kg
- reparto para buques de xeito: 381.074 kg
- reparto para flotas del Cantábrico Noroeste: 8.668.018 kg
- reparto para barcos de cerco del Golfo de Cádiz: 5.778.678 kg
- recomendación del ICES para España y Portugal en 2022: 44.262 toneladas
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden APM/605/2018, de 1 de junio, por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar, formuló medidas de gestión para esta población para los años 2018 a 2023.
La Orden APA/144/2022, de 25 de febrero, por la que se modifican varias Órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España, ha modificado la Orden APM/605/2018 en tres aspectos principales, en sus artículos 4, 7 y 8.
El artículo 4 «Regla de explotación», se ha modificado para recoger la nueva regla de explotación evaluada por el ICES en 2021 a petición de España y Portugal. Dicha regla de explotación forma parte de un nuevo plan de gestión para el período 2021-2026 acordado entre España y Portugal y comunicado a la Comisión Europea, estimando el ICES dicha regla como precautoria. Así, la recomendación de ICES de 17 de diciembre de 2021 recomienda con la utilización de dicha regla de explotación una cifra de 44.262 toneladas en total, para poder ser pescadas entre España y Portugal para el presente 2022.
Por otro lado, el artículo 7.2 viene a clarificar la cuestión del 15% de capturas accesorias de sardina cuando la pesquería está cerrada, aclarando que será de aplicación, bien a comienzo de año por no haberse abierto la pesquería, bien una vez la misma se cierre, por agotamiento de cuota o de manera general para todas las flotas por finalización de la campaña. Por último, y en base a la nueva realidad del stock de sardina ibérica, así como dar acogida a los barcos de artes menores del Cantábrico y Noroeste que cuentan con un permiso por parte de la Xunta de Galicia para poder emplear el xeito como arte de pesca, el artículo 8 queda sin efecto y por tanto deja de aplicarse.
Al igual que en 2021, se establecen topes de capturas para las capturas en el Cantábrico y Noroeste para poder regular la captura al no existir un reparto individual por buque tal y como ocurre en el Golfo de Cádiz.
Por todo ello, la Secretaría General de Pesca, una vez oído el sector, resuelve lo siguiente:
Primero.
Para la campaña de pesca 2022 se limitan las capturas totales que puedan ser hechas por la flota española, a 14.827.770 kg.
Esos 14.827.770 kg se distribuyen entre las siguientes flotas de la siguiente manera:
– Buques de artes menores que utilicen el arte de xeito: 381.074 kg.
– Flotas censadas en el Cantábrico Noroeste (cerco y aquellas que usen artes altamente selectivos como el racú y la piobardeira): 8.668.018 kg.