Resolución de 28 de febrero de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se pone en marcha la aplicación telemática que permita al comercializador de referencia comprobar que el solicitante del bono social cumple los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · 11 de marzo de 2022
En pocas palabras
Pone en marcha en Navarra la aplicación telemática con la que el comercializador de referencia comprueba si quien solicita el bono social cumple los requisitos para ser consumidor vulnerable. La aplicación se aplica desde el día siguiente a la publicación de la resolución y su uso es obligatorio desde esa fecha.
Qué cambia
Los comercializadores de referencia de Navarra deberán usar esta aplicación telemática para verificar los requisitos del bono social. Las personas que soliciten el bono social en Navarra pasan por esta comprobación a través de su comercializador.
- A quién afecta
- solicitantes del bono social en Navarra · consumidores vulnerables de energía eléctrica en Navarra · comercializadores de referencia de electricidad en Navarra
- Cifras
- plazo para recurso contencioso-administrativo: 2 meses desde el día siguiente a la publicación
- plazo para recurso de reposición: 1 mes desde el día siguiente a la publicación
- Energía
- Servicios sociales, familias y dependencia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, define la figura del consumidor vulnerable y los requisitos que éste debe cumplir y acreditar, atendiendo a sus características sociales, de consumo y nivel de renta. Entre otros aspectos, establece las condiciones y el procedimiento para solicitar el bono social al que podrá acogerse el consumidor que cumpla los requisitos de su artículo 3 para ser considerado consumidor vulnerable.
La disposición transitoria segunda del real decreto establece que el actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico desarrollará la aplicación telemática que permita al comercializador de referencia comprobar que el solicitante del bono social cumple los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable. En tanto no se desarrolle dicha aplicación, el citado real decreto recoge que la acreditación y comprobación de los requisitos para ser beneficiario del bono social se realizará del modo que se establezca por orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Por su parte, la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, establece con carácter general en su artículo 6 que, una vez recibida la solicitud completa del consumidor acompañada de la documentación acreditativa, el comercializador de referencia introducirá en la aplicación telemática disponible en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, los datos correspondientes al consumidor y, en su caso, los miembros de la unidad familiar declarados por el mismo.
La disposición adicional única de la referida orden, relativa a la utilización de la aplicación telemática, determina que la misma será de aplicación a partir de la fecha que se establezca por resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, la citada resolución podrá determinar el ámbito geográfico en que vaya a ser utilizada.
Hasta que la aplicación telemática pueda ser utilizada, la disposición transitoria primera de la orden regula la documentación a partir de la cual el comercializador de referencia comprobará el cumplimiento del requisito de renta.
Mediante la Resolución de 15 de noviembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se pone en marcha la aplicación telemática que permita al comercializador de referencia comprobar que el solicitante del bono social cumple los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable, se puso en marcha dicha aplicación en todo el territorio estatal, salvo en la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.