Decreto Foral Legislativo 6/2022, de 30 de noviembre, de armonización tributaria, por el que se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.
Comunidad Foral de Navarra · 30 de diciembre de 2022
En pocas palabras
Reduce de forma temporal el IVA del gas natural, las briquetas, los pellets de biomasa y la madera para leña del 21 % al 5 % en Navarra. Se aplica con efectos desde el 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, para igualar el régimen tributario estatal.
Qué cambia
Las personas y empresas que compran gas natural o combustibles de biomasa para calefacción en Navarra pagan menos IVA por estas compras durante el periodo indicado.
- A quién afecta
- consumidores de gas natural · hogares con calefacción de biomasa o leña · empresas que venden o importan estos combustibles · comunidad foral de Navarra
- Cifras
- tipo del IVA reducido: 5 por ciento
- tipo del IVA anterior: 21 por ciento
- inicio de efectos: 1 de octubre de 2022
- fin de vigencia: 31 de diciembre de 2022
- Impuestos y cuentas públicas
- Energía
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El título I del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra está dedicado a regular los criterios de armonización del régimen tributario de Navarra con el régimen tributario general del Estado.
En ese marco, el artículo 32 del Convenio Económico dispone que, en la exacción del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, IVA), Navarra aplicará los mismos principios básicos, normas sustantivas y formales vigentes en cada momento en territorio del Estado. No obstante, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá aprobar los modelos de declaración e ingreso, que contendrán al menos los mismos datos que los del territorio común, y señalar plazos de ingreso para cada período de liquidación, que no diferirán sustancialmente de los establecidos por la Administración del Estado.
Ello obliga a que Navarra deba modificar su régimen tributario cuando exista una reforma del régimen tributario común que afecte a normas sustantivas y formales de este impuesto. Con dicha finalidad, el artículo 53.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, prevé que el Gobierno de Navarra, por delegación del Parlamento de Navarra, podrá dictar las normas con rango de ley foral que sean precisas para la modificación de las correspondientes leyes forales tributarias. Las disposiciones del Gobierno de Navarra que comprendan dicha legislación delegada recibirán el título de decretos forales legislativos de armonización tributaria.
En el ámbito estatal, el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles, ha adoptado nuevas medidas tributarias en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido que resultarán de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022.
En particular, dentro de los límites de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, reduce del 21 al 5 por ciento el tipo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de gas natural, con el objeto de minorar su importe y dar respuesta así a la situación generada por el incremento de los precios del gas natural.
Asimismo, reduce del 21 al 5 por ciento el tipo del IVA que recae sobre las entregas de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y la madera para leña utilizados en sistemas de calefacción, como medida para favorecer el desarrollo y la utilización de combustibles menos contaminantes en sistemas de calefacción y fomentar la suficiencia energética.