Ley 33/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 26/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
Jefatura del Estado · 28 de diciembre de 2022
En pocas palabras
Modifica la Ley 26/2010 para incluir en el régimen de cesión de tributos del Estado a Canarias el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. La ley entra en vigor con su publicación.
Qué cambia
Canarias pasa a gestionar este impuesto sobre residuos, que grava la entrega de residuos en vertederos e instalaciones de incineración o coincineración.
- A quién afecta
- Comunidad Autónoma de Canarias · empresas gestoras de residuos · instalaciones de vertedero · plantas de incineración y coincineración
- Impuestos y cuentas públicas
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley:
PREÁMBULO
I
La Constitución Española dispone, en su artículo 156.1, que las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias, con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles; es decir, reconoce la necesidad de que dichos entes territoriales cuenten con recursos propios para hacer efectivas sus respectivas competencias como consecuencia de la propia configuración del Estado de las autonomías. Así, entre los recursos antes citados, se encuentran los impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado tal y como, expresamente, recoge el artículo 157.1.a) del texto constitucional; con el mandato, además, de una regulación, mediante ley orgánica, del ejercicio de las competencias que recoge el apartado 1 del artículo 157 citado.
Constituye, por tanto, la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) –recientemente modificada por la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y otras disposiciones conexas y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal–, el marco orgánico general por el que ha de regirse el régimen de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas. A través de la mencionada modificación, la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, ha incorporado, en su cuerpo legal, los aspectos relativos a la cesión a las Comunidades Autónomas del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
Además, en relación con el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, ese marco orgánico general se ha visto complementado y desarrollado con la modificación de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
El Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, creado mediante la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se articula como un tributo de carácter indirecto que grava la entrega de residuos en vertederos, instalaciones de incineración o de coincineración para su eliminación o valorización energética, siendo exigible en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes de Concierto y Convenio económico con el País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente.