Resolución de 18 de enero de 2022, de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, por la que se aprueba la actualización de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil y se modifica el Anexo de la Resolución de 22 de julio de 2021.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana · 10 de febrero de 2022
En pocas palabras
Actualiza la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil. Esta parte recoge las medidas de seguridad aérea que afectan directamente a los pasajeros y las que aplican normas europeas no clasificadas. La actualización cambia el apartado sobre cómo puede defenderse una persona que no supera la comprobación de antecedentes.
Qué cambia
Las personas que no superan la valoración de idoneidad para acceder a zonas restringidas de seguridad aeroportuaria disponen de vías de reclamación según quién les emplee: vía laboral, civil o administrativa. Afecta a trabajadores de aeropuertos, compañías aéreas, AESA y proveedores de navegación aérea.
- A quién afecta
- personal de AENA que solicita acreditación aeroportuaria · trabajadores de otras empresas que solicitan acreditación a través de AENA · personal de gestores aeroportuarios privados · funcionarios de AESA que necesitan carné de inspector · instructores certificados y responsables de seguridad de agentes acreditados y expedidores conocidos
- Cifras
- entrada en vigor: 1 de enero de 2022
- sesión del Pleno del Comité Nacional de Seguridad para la Aviación Civil: 14 de diciembre de 2021
- fecha de la Resolución: 18 de enero de 2022
- publicación en el BOE: 10 de febrero de 2022
- Transporte e infraestructuras
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de julio de 2012, se modificó el Acuerdo de 5 de mayo de 2006, por el que se aprueba el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil y se declara pública la parte del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil que afecta directamente a los pasajeros y aquélla que, en el ámbito interno, constituye aplicación de las medidas comunes de seguridad aérea que no tienen carácter de información clasificada de la UE.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de julio de 2012 prevé en su apartado segundo que en cumplimiento del Reglamento (CE) n.º 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, por el que se establecen las normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 2320/2002, se declara pública la parte del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil que afecta directamente a los pasajeros y aquélla que, en el ámbito interno, constituya aplicación de las medidas comunes de seguridad aérea que no tienen carácter de información clasificada de la UE de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1998 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea, procediéndose a su publicación en el anexo.
Asimismo, se autoriza a la Secretaria General de Transportes y Movilidad a publicar las modificaciones y actualizaciones de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil.
Esta Resolución aprueba las modificaciones y actualizaciones de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, que son motivadas por la adopción de nuevas disposiciones y aspectos de índole práctico que afectan a la seguridad de la aviación civil.
Estas disposiciones cuentan con la conformidad del Pleno del Comité Nacional de Seguridad para la Aviación Civil que en su sesión de 14 de diciembre de 2021 adoptó una modificación del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, siendo la fecha de entrada en vigor el 1 de enero de 2022.
De conformidad con lo acordado, como anexo a esta Resolución, se procede a la publicación de la actualización de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil.
Madrid, 18 de enero de 2022.–La Secretaria General de Transportes y Movilidad, M.ª José Rallo del Olmo.
ANEXO
(Parte Pública del PNS)
La parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil (PNS) contenida en el Anexo de la Resolución de 22 de julio de 2021, de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, por la que se aprueba la actualización de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, queda enmendada como sigue: