Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016. Notificación de España al Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), como depositario del Convenio, de conformidad con las disposiciones de su artículo 35.7.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 20 de diciembre de 2022
En pocas palabras
España comunica a la OCDE que ha terminado sus trámites internos para aplicar el Convenio multilateral contra la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios en sus convenios fiscales con Hong Kong (China), Senegal y Tailandia.
Qué cambia
Las medidas del Convenio multilateral contra la elusión fiscal pasan a aplicarse en los convenios fiscales de España con Hong Kong (China), Senegal y Tailandia.
- A quién afecta
- empresas con actividad en Hong Kong (China), Senegal o Tailandia · contribuyentes con rentas en esos países · Administración tributaria española
- Cifras
- convenios fiscales afectados: 3 (Hong Kong, Senegal y Tailandia)
- fecha de recepción de las confirmaciones: 30 de noviembre de 2022
- fecha de la notificación: 14 de diciembre de 2022
- Impuestos y cuentas públicas
- Política exterior y Unión Europea
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Artículo 35. Fecha de efectos.
Notificación efectuada en virtud del artículo 35.7.b). El presente documento contiene las notificaciones por las que el Reino de España confirma que ha concluido sus procedimientos internos en relación con los convenios fiscales comprendidos a los que hace referencia este documento en virtud del artículo 35.7.b) del convenio.
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del convenio en relación con los convenios fiscales comprendidos en virtud del artículo 35.7.a).i). A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, el Reino de España confirma que ha concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del convenio en relación con los siguientes convenios:
Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Fecha de recepción 40 | Hong Kong (China). | 30.11.2022 71 | Senegal. | 30.11.2022 76 | Tailandia. | 30.11.2022
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Lo que se comunica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
Madrid, 14 de diciembre de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.