Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se publica el Convenio específico con la Generalitat de Cataluña, para la gestión de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 24 de agosto de 2021, por el que se declara a la Comunidad Autónoma de Cataluña "Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil", y reguladas en la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero.
Ministerio de Política Territorial · 17 de diciembre de 2022
En pocas palabras
Publica un convenio entre el Ministerio de Política Territorial y la Generalitat de Cataluña para gestionar subvenciones destinadas a reparar daños en infraestructuras municipales y red viaria tras el incendio forestal de Santa Coloma de Queralt (Tarragona) de julio de 2021.
Qué cambia
Permite a la Generalitat de Cataluña gestionar las ayudas para reparar infraestructuras municipales y carreteras dañadas por ese incendio, con subvenciones de hasta el 50% del coste de las obras.
- A quién afecta
- ayuntamientos de los municipios afectados por el incendio · diputaciones provinciales · comarcas y mancomunidades · Generalitat de Cataluña
- Cifras
- subvención de hasta el 50% del coste de las obras
- incendio iniciado el 24 de julio de 2021 en Santa Coloma de Queralt (Tarragona)
- declaración de zona afectada gravemente por emergencia de Protección Civil el 24 de agosto de 2021
- Administración pública e instituciones
- Transporte e infraestructuras
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Con fecha 1 de diciembre de 2022, la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Política Territorial, y la Administración de la Generalidad de Cataluña, a través del Departamento de la Presidencia, han suscrito un convenio específico para la gestión de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 24 de agosto de 2021, por el que se declara a la Comunidad Autónoma de Cataluña «Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil», y reguladas en la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio, como anexo a la presente resolución.
Madrid, 5 de diciembre de 2022.–El Director General de Cooperación Autonómica y Local, Fernando Galindo Elola-Olaso.
ANEXO
Convenio específico entre la Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Administración de la Generalitat de Cataluña, para la gestión de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 24 de agosto de 2021, por el que se declara a la Comunidad Autónoma de Cataluña «Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil», y reguladas en la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero
En Madrid, a 1 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Galindo Elola-Olaso, Director General de Cooperación Autonómica y Local del Ministerio de Política Territorial, quien actúa en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 728/2021, de 3 de agosto. Interviene en ejercicio de la competencia delegada por el Secretario de Estado de Política Territorial, en el apartado décimo, letra b), de la Orden TER/950/2022, de 4 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
Y de otra parte, de otra parte, David Rodríguez González, Secretario de Gobiernos Locales y Relaciones con el Aran, de acuerdo con su nombramiento efectuado por Decreto 162/2021, de 8 de junio, y con la preceptiva autorización del Gobierno de la Generalitat de Cataluña de fecha 2 de noviembre de 2022.
Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos, y en ejercicio de sus facultades y atribuciones, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio específico,