Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establecen los modelos de los documentos oficiales de evaluación de Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Ministerio de Educación y Formación Profesional · 9 de diciembre de 2022
En pocas palabras
Establece los modelos de los documentos oficiales de evaluación de Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación: actas de evaluación, expediente académico, historial académico, informe personal por traslado e informe de resultados finales. También fija cómo cerrar y abrir expedientes e historiales anteriores.
Qué cambia
Los centros educativos de ese ámbito deben usar estos modelos para registrar las evaluaciones del alumnado de Bachillerato. Afecta a cómo se documentan las calificaciones y los traslados de expediente.
- A quién afecta
- alumnado de Bachillerato · centros educativos del ámbito de gestión del Ministerio de Educación · personal docente y directivo de esos centros · Servicio de Inspección de Educación · centros privados de ese ámbito
- Educación y universidades
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato regula, entre otros aspectos, la normativa básica de aplicación a los documentos oficiales de evaluación correspondientes a esta etapa educativa.
La Orden EFP/755/2022, de 31 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación del Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional desarrolla lo dispuesto en el mencionado real decreto y dispone, en su artículo 42.1, que los modelos de los documentos oficiales de evaluación se establecerán mediante resolución de la Secretaría de Estado de Educación de conformidad con lo previsto en la mencionada orden, a la que harán referencia.
Por todo ello, procede establecer los modelos de los documentos oficiales de evaluación según lo establecido en la normativa anteriormente citada.
En su virtud, resuelvo:
Primero. Documentos oficiales de evaluación.
1. Las actas de evaluación establecidas en el artículo 43 de la Orden EFP/755/2022, de 31 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación del Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional se ajustarán en su contenido al modelo que figura en los anexos I.a y I.b para el primer curso, I.c y I.d para el segundo curso y I.e y I.f para las materias pendientes de primer curso.
2. El expediente académico establecido en el artículo 44 de la Orden EFP/755/2022, de 31 de julio, se ajustará en su contenido al modelo que figura en el anexo II.
3. El historial académico establecido en el artículo 45 de la Orden EFP/755/2022, de 31 de julio, se ajustará en su contenido al modelo que figura en el anexo III.
4. El informe personal por traslado establecido en el artículo 46 de la Orden EFP/755/2022, de 31 de julio, se ajustará en su contenido al modelo que figura en el anexo IV.
Segundo. Informe de los resultados de la evaluación final del alumnado.
A partir de los datos consignados en las actas de evaluación final, se elaborará, tras la convocatoria extraordinaria, un informe de los resultados de la evaluación final del alumnado que se ajustará en su contenido al modelo que figura en el anexo V. Dicho informe será remitido al Servicio de Inspección de Educación, una vez finalizado el proceso de evaluación del alumnado.
Tercero. Cierre y apertura de expedientes académicos e historiales académicos.
1. Los expedientes académicos y los historiales académicos de los alumnos y alumnas que no hubieran concluido el Bachillerato con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden EFP/755/2022, de 31 de julio, se cerrarán mediante las diligencias que se indican en el anexo VI cuando este alumnado se incorpore a las enseñanzas reguladas por dicha orden.