Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Ministerio de Sanidad · 9 de febrero de 2022
En pocas palabras
Modifica los supuestos en los que es obligatorio usar mascarilla durante la crisis sanitaria del COVID-19. Deja sin efecto los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 2/2021 y regula esos casos en este real decreto. La norma entra en vigor según su disposición final.
Qué cambia
Cambia cuándo y en qué lugares las personas de 6 años en adelante deben llevar mascarilla. Afecta a la población general en espacios y situaciones regulados por la norma.
- A quién afecta
- población general · personas de 6 años en adelante · usuarios de espacios y establecimientos regulados
- Cifras
- incidencia máxima el 21 de enero de 2022: 3.418 casos por 100.000 habitantes en 14 días
- máximo de casos notificados en un día: más de 170.000 casos
- incidencia a 4 de febrero de 2022: 2.299 casos por 100.000 habitantes en 14 días
- reducción de la incidencia a 4 de febrero: 33 % respecto al máximo
- casos diarios a 4 de febrero: alrededor de 60.000
- Sanidad y salud pública
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece los supuestos de uso obligatorio de la mascarilla para las personas de 6 años en adelante, así como las excepciones a dicha obligación.
Asimismo, el apartado 2 de la disposición final séptima de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, habilita al Gobierno, mediante real decreto, oído el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a modificar la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los supuestos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 6 cuando se den las circunstancias sanitarias apropiadas que así lo aconsejen. La misma disposición prevé que la eliminación o modulación de los supuestos de obligatoriedad del uso se podrán acordar solo cuando se haya constatado una mejora de la situación epidemiológica, conforme al sistema de indicadores acordado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
En consecuencia, queda sin efecto lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, cuyos supuestos se regirán en lo sucesivo por lo previsto en este real decreto.
La evolución de la epidemia de COVID-19, favorecida por las coberturas de vacunación que se han alcanzado en España y por la aplicación de las medidas no farmacológicas de control de la transmisión del SARS-CoV-2 por parte de la población hasta enero de 2022, permite plantear modificaciones en las estrategias de control de la epidemia.
El máximo de incidencia de la sexta onda epidémica a nivel nacional se produjo el 21 de enero de 2022 con 3.418 casos por 100.000 habitantes en catorce días. El máximo de casos notificados en un solo día se registró unos días antes, con más de 170.000 casos. Este máximo se alcanzó tras un periodo de ascenso de la incidencia del COVID-19 que se inició lentamente en la segunda quincena del mes de noviembre de 2021 y que sufrió un incremento en la velocidad a partir de la segunda semana de diciembre del mismo año.
No obstante, a partir del 21 de enero de 2022, se observa un descenso estable y rápido de la incidencia, que, con los datos registrados a 4 de febrero (quince días después del máximo registrado) se había reducido en un 33 %, casi un 17 % semanal, registrando una incidencia de 2.299 casos por 100.000 habitantes en catorce días y alrededor de 60.000 casos diarios, una tercera parte de lo registrado en el día de máxima notificación. Esta evolución, una vez superado el efecto en la transmisión potencialmente asociado a las festividades navideñas, se mantiene estable hacia el descenso progresivo y las previsiones basadas en el resto de indicadores de seguimiento de la epidemia permiten prever su continuidad.
Por otra parte, la probabilidad de hospitalización, ingreso en UCI o fallecimiento durante esta onda epidémica ha mostrado ser hasta entre 10 y 22 veces inferior a la observada en ondas previas. Esta menor gravedad de los casos detectados reduce la presión comparada con otros periodos, pese a las altas incidencias que se han registrado.