Real Decreto 952/2022, de 8 de noviembre, por el que se declara el Nudo español como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Ministerio de Cultura y Deporte · 9 de noviembre de 2022
En pocas palabras
Declara el Nudo español como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial. El nudo español es una técnica de anudado de alfombras que se usó casi exclusivamente en la Península Ibérica. La declaración busca contribuir a su salvaguarda.
Qué cambia
La declaración tiene efectos desde su publicación en el BOE y sitúa esta técnica textil dentro de la protección del patrimonio cultural inmaterial. Afecta a quienes mantienen vivo este oficio, como los talleres de alfombras.
- A quién afecta
- talleres de alfombras y textiles · artesanos del nudo español · Real Fábrica de Tapices · instituciones de patrimonio cultural
- Cifras
- siglo XVII: introducción del nudo turco en España
- mediados del siglo XX: recuperación de los telares del nudo sencillo
- segunda década del siglo XXI: solo persiste una manufactura de nudo español
- Real Fábrica de Tapices: más de 300 años de actividad
- Cultura y deporte
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, establece en su artículo 11.2, letra c), que corresponde a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con las comunidades autónomas, la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial mediante la Declaración de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.
El artículo 12 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, regula el procedimiento de declaración de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, señalando que el mismo se iniciará de oficio por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, bien por propia iniciativa, a petición razonada de una o más Comunidades Autónomas o por petición motivada de persona física o jurídica.
De acuerdo con ello, por Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (BOE de 27 de mayo) se acordó la incoación del expediente de declaración del Nudo español como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, disponiéndose además la apertura de un período de información pública. Con carácter previo a dicha resolución, se recabaron los correspondientes informes del Consejo de Patrimonio y de la Universidad de Murcia y la Universidad Complutense de Madrid como instituciones consultivas en la materia. Asimismo, se sometió el expediente a informe de las comunidades autónomas y de las ciudades con estatuto de autonomía.
Posteriormente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.4 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, y en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concedió en tiempo y forma el trámite de audiencia.
En virtud del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la competencia en materia de patrimonio histórico español.
Por todo ello, una vez finalizada la tramitación administrativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1. Declaración como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Se declara el Nudo español en España como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.