Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establece el plazo especial para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2022 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · 1 de noviembre de 2022
En pocas palabras
Fija el plazo especial para ingresar las diferencias de cotización que resultan de aplicar las nuevas bases de cotización de 2022 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. Esas diferencias se ingresarán en un único plazo, el del mes de febrero de 2023.
Qué cambia
Las empresas y cotizantes del Régimen Especial de la Minería del Carbón que deban diferencias por las cotizaciones ya hechas desde el 1 de enero de 2022 las pagarán juntas en febrero de 2023.
- A quién afecta
- empresas de la minería del carbón · trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón · cotizantes por contingencias comunes en la minería del carbón
- Cifras
- plazo de ingreso: mes de febrero de 2023
- periodo de cotizaciones afectadas: desde el 1 de enero de 2022 hasta el mes anterior a la publicación
- Pensiones y Seguridad Social
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2022 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, autoriza, a través de su disposición adicional, a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones a fijar el plazo especial para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases que se establecen en la orden mencionada, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante el ejercicio 2022.
En su virtud, esta Secretaría de Estado resuelve:
Las diferencias de cotización resultantes de la aplicación de lo dispuesto en la Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2022 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de enero de 2022, se hubieran efectuado hasta el mes anterior al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se ingresarán en un único plazo correspondiente al mes de febrero de 2023.
Madrid, 26 de octubre de 2022.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Francisco de Borja Suárez Corujo.