Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se deja sin efecto la de 1 de abril de 2022, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.
Ministerio de Sanidad · 20 de octubre de 2022
En pocas palabras
Deja sin efecto la Resolución de 1 de abril de 2022 sobre controles sanitarios en los puntos de entrada de España. Así, se eliminan los controles sanitarios a las personas que llegan desde países no pertenecientes a la Unión Europea o al espacio Schengen. La medida se aplica desde las 00:00 horas del 21 de octubre de 2022.
Qué cambia
Las personas que llegan a España desde países de fuera de la Unión Europea o del espacio Schengen dejan de someterse a los controles sanitarios que establecía la resolución anterior. Los controles en las fronteras terrestres de Ceuta y Melilla se rigen por otra norma y no se ven afectados por esta resolución.
- A quién afecta
- viajeros procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea · viajeros procedentes de países asociados Schengen · pasajeros internacionales en puntos de entrada aéreos y marítimos
- Cifras
- efectos desde las 00:00 horas del 21 de octubre de 2022
- plazo de un mes para recurrir en alzada
- Sanidad y salud pública
- Inmigración y asilo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Desde el inicio de la pandemia por COVID-19, se han establecido en España medidas de control sanitario a los pasajeros internacionales en los puntos de entrada en España, que en la actualidad están limitadas a las personas que proceden de países no pertenecientes a la Unión Europea o con la consideración de países asociados Schengen. En lo que afecta a las fronteras terrestres se encuentra articulado mediante la Orden SND/425/2022, de 13 de mayo, por la que se establecen medidas de control sanitario a las personas que llegan a España a través de los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla y en las fronteras aéreas y marítimas, mediante la Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, modificada por la Resolución de 1 de junio de 2022.
Una vez superada la fase aguda de la pandemia, se han actualizado las medidas de vigilancia y control a nivel nacional mediante la Estrategia de vigilancia y control frente a COVID-19 tras la fase aguda de la pandemia, justificado, en gran parte, por los altos niveles de inmunización alcanzados en la población española y en los países de nuestro entorno, que han llevado a una importante disminución de los casos graves y de la letalidad frente a SARS-CoV-2.
En este escenario las medidas de limitación de la movilidad internacional deben aplicarse respetando los principios generales del Derecho de la Unión, no debiendo ir más allá de lo estrictamente necesario para salvaguardar la salud pública y deben levantarse cuando la situación epidemiológica, en particular en la hospitalaria, lo permita.
Por esta razón, teniendo en cuenta la evolución de la pandemia a nivel global y la situación epidemiológica en España y con el fin de favorecer la normalización de la movilidad internacional, con el menor impacto posible para la salud pública, se considera conveniente dejar sin efecto las medidas de control sanitario a las personas procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea o con la consideración de países asociados Schengen.
En su virtud y al amparo de lo contemplado en el artículo primero del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 y de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, resuelvo:
Primero.
Dejar sin efecto la Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.