Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5949-2022, en relación con el artículo 7.2 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
Tribunal Constitucional · 18 de octubre de 2022
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 7.2 de la Ley 13/2011, de regulación del juego, planteada por el Tribunal Supremo. El Pleno se reserva el conocimiento del asunto.
Qué cambia
Las partes del procedimiento del Tribunal Supremo tienen 15 días desde la publicación para personarse ante el Tribunal Constitucional. El artículo 7.2 queda pendiente de lo que decida el Tribunal.
- A quién afecta
- partes del procedimiento 3-2021 del Tribunal Supremo · operadores de juego afectados por el artículo 7.2 de la Ley 13/2011
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Justicia
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de octubre de 2022, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5949-2022 planteada por la Sección 3.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el procedimiento número 3-2021, en relación con el artículo 7.2 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento número 3-2021 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de octubre de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.