Recurso de inconstitucionalidad n.º 7767-2021, contra el Decreto-ley 11/2021, de 2 de septiembre, por el que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias.
Tribunal Constitucional · 2 de febrero de 2022
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto-ley 11/2021 de Canarias, que regula la alerta sanitaria y las medidas para controlar la pandemia de COVID-19. El recurso lo presentan más de cincuenta diputados y también impugna varios artículos concretos de esa norma.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional estudiará si el Decreto-ley canario y varios de sus artículos se ajustan a la Constitución. Mientras se resuelve, la norma sigue en vigor salvo que el tribunal decida suspenderla.
- A quién afecta
- diputados del Congreso firmantes del recurso · Gobierno de Canarias · ciudadanía de Canarias afectada por las medidas sanitarias · autoridades sanitarias de Canarias
- Cifras
- diputados promotores: más de cincuenta
- número de recurso: 7767-2021
- fecha de la providencia de admisión: 27 de enero de 2022
- fecha del Decreto-ley impugnado: 2 de septiembre de 2021
- Justicia
- Sanidad y salud pública
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero de 2022, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 7767-2021, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso, contra el Decreto-ley 11/2021, de 2 de septiembre, por el que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias y, subsidiariamente, contra los artículos 1; 2; 3.4; 5.2; 6.1 y 2; 7.4; 9.1; 12.1.a) y b), 2, 5 y 6; 14.2; 15.7; 19.3 y 4; 21.3; 22.2, 3 y 4; 23.1, 2 y 3; 24.3; 25; 26; 27; 28; disposición transitoria segunda; disposición final primera, en cuanto da nueva redacción a los apartados 2 y 3 del artículo 28 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, y anexo III del Decreto-ley 11/2021.
Madrid, 27 de enero de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.