Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo de la II Conferencia Sectorial de Memoria Democrática, por el que se determinan los criterios de reparto, así como la distribución resultante de fondos para las Comunidades Autónomas, del crédito asignado en el año 2022 para actividades de Memoria Democrática y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · 21 de septiembre de 2022
En pocas palabras
Publica el acuerdo de la II Conferencia Sectorial de Memoria Democrática, que fija los criterios de reparto y las cantidades del crédito de 2022 para que las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla realicen actividades de memoria democrática. También regula cómo justificar el uso de esos fondos.
Qué cambia
Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla reciben cantidades concretas para proyectos de memoria democrática y deben justificar el gasto antes del 31 de marzo de 2023. Las que no enviaron su propuesta de proyectos no reciben la transferencia.
- A quién afecta
- comunidades autónomas · Ciudad Autónoma de Ceuta · Ciudad Autónoma de Melilla · entidades que ejecutan proyectos de memoria democrática · familiares de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura
- Cifras
- Andalucía: 469.201,62 euros
- Aragón: 115.988,01 euros
- Cataluña: 341.660,81 euros
- Castilla-La Mancha: 253.826,78 euros
- plazo de justificación: antes del 31 de marzo de 2023
- Derechos y libertades
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La II Conferencia Sectorial de Memoria Democrática, en su reunión del día 29 de abril de 2022, ha aprobado por unanimidad el Acuerdo por el que se distribuye el crédito de 2022 destinado a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para actividades relacionadas con la Memoria Democrática.
Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Memoria Democrática dispone recoger en una única resolución de manera conjunta:
Primero.
Acordar la publicación del citado acuerdo como anexo I a la presente resolución.
Segundo.
Acordar los créditos a transferir a las respectivas Comunidades y Ciudades Autónomas todo ello, una vez cumplidos los trámites preceptivos previos y de acuerdo con la regla cuarta del artículo 86.2 de la citada Ley 47/2003, General Presupuestaria, los artículos 62 y 151 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A tenor de los requisitos exigidos en los preceptos legales que resultan de aplicación, se dejarán sin efecto las transferencias de fondos correspondientes a aquellas Comunidades y Ciudades Autónomas que, a la fecha de la presente resolución, no hayan remitido a este Ministerio su propuesta de proyectos o actuaciones de Memoria Democrática para el 2022, a la espera de su remisión y de su posterior aprobación por mutuo acuerdo.
Tercero.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado anterior, se trasferirán de manera efectiva las siguientes cantidades a las Comunidades Autónomas que se señalan a continuación, conforme a los proyectos presentados, acordados con esta Secretaría de Estado y recogidos en el anexo II de esta resolución:
CC.AA. + Ceuta y Melilla | Importes definitivos a transferir – Euros Andalucía. | 469.201,62 Aragón. | 115.988,01 Asturias. | 77.943,82 Baleares. | 77.163,91 Canarias. | 39.628,81 Cantabria. | 45.539,77 Castilla-La Mancha. | 253.826,78 Castilla y León. | 239.425,23 Cataluña. | 341.660,81 Extremadura. | 101.926,40 Galicia. | 104.161,33 La Rioja. | 1.209,82 Madrid. | 63.747,30 Navarra. | 49.614,78 Valencia. | 247.226,88
Cuarto.
La justificación del empleo de los fondos recibidos se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las reglas sexta a octava del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Con esta finalidad, las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y de Melilla deberán remitir al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, con anterioridad al 31 de marzo del 2023, un certificado firmado por el o la titular del centro directivo que gestione la transferencia y adverado por el Interventor/a que acredite el estado de ejecución del ejercicio anterior, indicando las cuantías totales de compromiso de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año. Asimismo, este certificado deberá expresar, en su caso, que las obligaciones pendientes de pago a fecha de 31 de diciembre de 2022 serán satisfechas en el ejercicio inmediato siguiente, con inclusión del acreedor y las fechas en las que tuvo lugar la salida material de fondos. Necesariamente, las actuaciones y, por tanto, los certificados de remanentes deben ajustarse a lo expresamente consignado en la relación certificada de proyectos publicada en el BOE, tanto en lo que se refiere a los proyectos previstos como en los importes asignados a cada uno de ellos.