Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica la Ordenanza portuaria por la que se establecen normas reguladoras de determinadas actividades para limitar la contaminación atmosférica en los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana · 12 de septiembre de 2022
En pocas palabras
Establece normas para limitar la contaminación atmosférica en los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife. Regula la conexión eléctrica de buques y contenedores frigoríficos y las alarmas de movimiento de maquinaria portuaria.
Qué cambia
Los buques y los contenedores frigoríficos deberán conectarse a la red eléctrica en determinadas condiciones, y la maquinaria de manipulación de mercancías deberá contar con alarmas de movimiento. Afecta a las empresas y operadores que trabajan en estos puertos.
- A quién afecta
- buques que atraquen en los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife · operadores de contenedores frigoríficos · empresas de manipulación de mercancías · concesionarios y autorizados en el dominio público portuario
- Cifras
- reducción de emisiones netas de gases de efecto invernadero: al menos un 55% para 2030 respecto a 1990
- Transporte e infraestructuras
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el 27 de julio de 2022, la Ordenanza Portuaria por la que se establecen normas reguladoras de determinadas actividades para limitar la contaminación atmosférica en los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 295.4 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de la citada Ordenanza que figura como anexo a la presente resolución.
Santa Cruz de Tenerife, 2 de agosto de 2022.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, Carlos E. González Pérez.
ANEXO
Ordenanza portuaria por la que se establecen normas reguladoras de determinadas actividades para limitar la contaminación atmosférica en los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife
PREÁMBULO
El Pacto Verde Europeo pretende que Europa sea el primer continente climáticamente neutro. Para ello, la Comisión Europea adoptó un conjunto de propuestas para adaptar las políticas de la UE en materia de clima, energía, transporte y fiscalidad, con el fin de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en, al menos, un 55% de aquí a 2030, en comparación con los niveles de 1990.
El Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, incorpora la sostenibilidad como uno de los principios que deben regir el modelo de planificación y de gestión de los puertos.
La integración puerto y ciudad, como modelo de relación para favorecer la convivencia, hace que los puertos no deben ser islas ajenas a su entorno, sino que deben integrarse en la vida diaria de sus ciudades.
El camino hacia la sostenibilidad de la actividad portuaria y hacia la integración puerto ciudad, debe abordar el gran reto de reducir las emisiones perjudiciales a la atmósfera. La contaminación no sólo se refiere a la emisión de sustancias contaminantes, sino que tiene gran relevancia la contaminación acústica.
En este marco, la presente Ordenanza viene a establecer normas reguladoras en aspectos concretos de la actividad portuaria en relación a las emisiones generadas por buques, operaciones de carga y descarga y operaciones terrestres en puertos, para avanzar en la sostenibilidad e integración citadas.
DISPOSICIONES GENERALES