Real Decreto 667/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1162/2018, de 14 de septiembre, por el que se regula la Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado.
Ministerio de Política Territorial · 7 de septiembre de 2022
En pocas palabras
Modifica el Real Decreto que regula la Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado. Adapta su organización y funcionamiento a la nueva estructura del Ministerio de Política Territorial e incorpora la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio. También establece la coordinación con los órganos colegiados de asistencia al Delegado del Gobierno.
Qué cambia
Cambia la composición y el funcionamiento de un órgano interno que coordina a los Delegados del Gobierno con los ministerios. No afecta a derechos ni deberes de la ciudadanía ni genera nuevas cargas administrativas.
- A quién afecta
- Delegados del Gobierno · Ministerio de Política Territorial · Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio · órganos colegiados de asistencia al Delegado del Gobierno · departamentos ministeriales
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado se crea mediante el Real Decreto 119/2003, de 31 de enero, con la finalidad de coordinar la actuación de los Delegados del Gobierno en sus relaciones con los distintos departamentos ministeriales.
Posteriormente este órgano colegiado ve consolidado su rango legal al incorporar su regulación en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La actual regulación se recoge en el Real Decreto 1162/2018, de 14 de septiembre, por el que se regula la Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado y que derogaba el Real Decreto 119/2003, de 31 de enero.
Mediante el presente real decreto se introducen algunas modificaciones en la organización y funcionamiento establecidas en el Real Decreto 1162/2018, de 14 de septiembre, con objeto de adaptarlo al Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial en relación con las funciones y los órganos que lo integran actualmente, en especial la incorporación de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio a esta Comisión interministerial.
Con este real decreto también se establece la coordinación entre la Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado y los órganos colegiados de asistencia al Delegado del Gobierno, regulados en el artículo 79, apartados 1 y 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, con la finalidad de facilitar la ejecución homogénea en sus respectivos territorios de los objetivos generales fijados por el Gobierno a los servicios de la Administración General del Estado.
La norma proyectada se adecúa a los principios de buena regulación (necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia), conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, según establece el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En particular, en lo que se refiere a los principios de necesidad y eficacia, la norma atiende a los objetivos señalados anteriormente, siendo el instrumento más eficaz para su consecución.
Cumple con el principio de proporcionalidad, no afectando a los derechos y deberes de la ciudadanía.
Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica, pues resulta plenamente coherente con el resto del ordenamiento jurídico.
En cuanto al principio de transparencia, la norma está exenta de los trámites de consulta pública y de audiencia e información públicas y expone claramente los objetivos que pretende conseguir.