Orden AUC/808/2022, de 12 de agosto, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Richmond, Virginia, en los Estados Unidos de América.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 20 de agosto de 2022
En pocas palabras
Crea un Consulado Honorario de España en Richmond, Virginia (Estados Unidos), y fija su circunscripción, que abarca condados y ciudades del centro y oeste del Estado. Depende de la Embajada de España en Washington D.C. y su titular tendrá categoría de Cónsul Honorario.
Qué cambia
Los españoles residentes en el centro y oeste de Virginia podrán recibir asistencia consular más cerca, sin depender solo de la Embajada en Washington. No supone aumento de gasto de personal.
- A quién afecta
- españoles residentes en el centro y oeste de Virginia · empresas españolas instaladas en Virginia · Embajada de España en Washington D.C. · persona titular del Consulado Honorario en Richmond
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
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Texto
El Estado de Virginia ha desarrollado una economía dinámica y fuertemente competitiva, atrayendo a numerosas empresas españolas de los más diversos sectores, desde el aeroespacial al de la moda, pasando por la defensa, la alimentación, el transporte y los servicios financieros. Así, el número de españoles censados en Richmond, ciudad que será la sede la nueva Oficina Consular honoraria, ha ido en aumento en los últimos años, en paralelo al número de empresas españolas que se han instalado en la ciudad.
La creación de esta Oficina Consular honoraria permitirá prestar asistencia a gran parte de la colonia española residente en el Estado de Virginia, al abarcar su circunscripción el centro y el oeste del citado Estado. Los condados y ciudades independientes situados en estas áreas se encuentran demasiado alejados para poder prestar una atención eficiente de las emergencias consulares desde la sección consular de la Embajada de España en Washington, y, además, el titular de la Oficina Consular honoraria podrá ejercer una labor de apoyo en la representación antes las autoridades locales del Estado de Virginia, habida cuenta del interés de las empresas españolas por instalarse en dicho Estado.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Washington D.C., con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Richmond, Virginia, y su circunscripción.
Se crea la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Richmond, Virginia, en Los Estados Unidos de América, con circunscripción los siguientes condados y ciudades independientes: Pittsylvania, Danville, Halifax, Mecklenburg, Brunswick, Green Ville, Emporia, Southampton, Franklin, Suffolk, Chesapeake, Virginia Beach, Portsmouth, Norfolk, Isle Wight, Surry, Sussex, James City, Williamsburg, Newport News, Hampton, Poquoson, Charles City, Prince George, Hopewell, Petersburg, Dinwiddie, Lunenburg, Charlotte, Campbell, Powhatan, Prince Edward, Nottoway, Amelia, Cumberland, Buckingham, Appomattox, Chesterfield, Henrico, Colonial Heights, New Kent, Louisa, hanover, Goochland, Fluvanna, King William, King and Queen, Gloucester, Mathews, Lancaster, Essex, Richmond, Middlesex, Northumberland, Westmoreland, Northampton, y Accomack.